REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION

Carúpano, 16 de Abril de 2018
207º y 159º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2015-001223
ASUNTO: RP11-P-2015-001223

Por cuanto de la revisión del sistema Juris, se evidencia que ante este tribunal cursan de manera paralela, la presente causa, seguida contra el penado Alfonzo José Hernández Moreno; venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 20.764.897, nacido el 28-02-1988 de profesión u oficio chofer, hijo de Atanasio Hernández y Yhajaira Moreno y domiciliado calle principal sector San Martín casa sin numero frente a la escuela Maria Reina de López Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, quien se encuentra cumpliendo la pena de Seis,(6), años, Dos,(2), meses, Dos,(2), días y Doce,(12), horas De Presidio, mas las accesorias de ley, por la comisión de los delitos de Robo Agravado De Vehiculo Automotor, previsto y sancionado en el articulo 5 en concordancia con el articulo 6 ordinales 1º, 2º y 3º de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores en perjuicio del ciudadano: Menecio Ambrosio Marcano Meza y Resistencia a La Autoridad, previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal en perjuicio del Estado Venezolano, e igualmente cursa la causa signada con la nomenclatura RP11-K-2017-000005, seguida contra Luis Rafael Luna Morales; venezolano, natural de Carúpano estado Sucre, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 25.413.539, nacido el 17/03/1995, de profesión u oficio obrero, hijo de Alexander Luna y Carmen Morales y domiciliado calle las flores casa sin numero cerca venta de hamburguesa tropimar, Carúpano estado sucre, y Luis José Ramos Martínez, venezolano, natural de Carúpano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 23.946.333, nacido el 28-10-1993, de profesión u oficio construcción, hijo de Mireya Martínez y Luís Ramos y domiciliado en la calle santa rosa casa numero 24 Carúpano estado sucre del Estado Sucre; quienes se encuentran cumpliendo la pena de Cuatro,(4), Años, Seis,(6), Meses, Dos,(2), Días y Doce (12) Horas De Presidio, más las accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de Robo Agravado De Vehiculo Automotor En Grado De Cómplice No Necesario, previsto y sancionado en el articulo 5 en concordancia con el articulo 6 ordinales 1º, 2º y 3º de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en relación con el articulo 84 ordinal 3° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Menecio Ambrosio Marcano Meza y el delito de Resistencia A La Autoridad, previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal en perjuicio del Estado Venezolano; y en vista que de la revisión dichos asuntos encontramos que los hechos objeto del proceso son los mismos, puesto que se trato de un hecho punible con pluralidad de sujetos activos, en este caso los ciudadanos Alfonzo José Hernández Moreno; , Luis Rafael Luna Morales; y Luis José Ramos Martínez, surgiendo inicialmente la causa RP11-P-2015-001223 y por incidencias ocurridas en la fase de inicio del juicio oral y público hubo la necesidad dividir la continencia de la causa por los motivos previstos en el artículo 74 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal , lo que motivó la formación de la causa RP11-K-2017-000005, ello a los fines de que fuera viable la tramitación de las mismas en fase de ejecución. Ahora bien visto todas las causas se encuentran actualmente en la misma fase y por tratarse de los mismos hechos, Este Tribunal a los fines de garantizar la unidad del proceso, conforme a lo previsto en el artículo 70 numeral en relación con los artículos 73 ordinal 1° y 76 todos del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda la acumulación a la presente causa del asunto RP11-K-2017-000005 , para que lo que se separó procesalmente vuelva a unirse y sigan un mismo curso y así se decide. En consecuencia, se acuerda agregar los asuntos acumulados y realizar la corrección de foliatura correspondiente y el cierre de piezas correspondiente. Notifíquese al fiscal y la defensa, Cúmplase.
EL Juez Primero de Ejecución.
Abg. Luís Mariano Marsella.

La Secretaria Judicial.
Abg. Patricia Rasse Boada.