REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Secc.Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 3 de Octubre de 2017
207º y 158º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2017-000077
ASUNTO : RP01-D-2017-000077

ACTUALIZACION DE CÓMPUTO
Sancionado xxxxxxxxxxxxxxxx

Revisadas las actuaciones en la presente causa seguida a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto en el artículo 406, numeral 1 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano WILSON RAFAEL BERMÚDEZ ORTIZ (Occiso); a cumplir la sanción DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD por el lapso de SEIS (06) AÑOS Y CUATRO (04) MESES, es por ello que este Tribunal procede a la práctica de cómputo de la sanción, conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la mencionada Ley; para lo cual se observa:

PRIMERO: En fecha 30-06-2017 (folio 125 al 128) el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente, sancionó a adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxx, a cumplir la Medida de Privación de Libertad por el lapso de SEIS (06) AÑOS Y CUATRO (04) MESES; por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto en el artículo 406, numeral 1 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano WILSON RAFAEL BERMÚDEZ ORTIZ (Occiso).

SEGUNDO: De la revisión de las actas se observa que el adolescente xxxxxxxxxxxxxx, está detenido desde el día 25-09-2016, hasta la presente fecha 03-10-2017, por lo que lleva detenido UN (01) AÑO Y OCHO (08) DÍAS, faltándole por cumplir CINCO (05) AÑOS, TRES(03) MESES, VEINTIDOS (22) DÍAS, los cuales vencerán el 25-01-2023.
DISPOSITIVA
En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado y actualizado el cómputo en la presente causa seguida a xxxxxxxxxxxxxxxx; por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto en el artículo 406, numeral 1 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano WILSON RAFAEL BERMÚDEZ ORTIZ (Occiso); quien cumple la sanción de SEIS (06) AÑOS Y CUATRO (04) MESES, donde se determino que lleva privado al día 03-10-2017, por lo que lleva detenido UN (01) AÑO Y OCHO (08) DÍAS, faltándole por cumplir CINCO (05) AÑOS, TRES(03) MESES, VEINTIDOS (22) DÍAS, los cuales vencerán el 25-01-2023.
Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal , aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la referida Ley,
Líbrese boleta de notificación a las partes en la que se le informe que se practico cómputo en la causa que se le sigue a xxxxxxxxxxxxxxxxx, quien cumple la medida de privación de libertad, por el lapso de SEIS (06) AÑOS Y CUATRO (04) MESES, donde se determino que lleva privado al día 03-10-2017, por lo que lleva detenido UN (01) AÑO Y OCHO (08) DÍAS, faltándole por cumplir CINCO (05) AÑOS, TRES(03) MESES, VEINTIDOS (22) DÍAS, los cuales vencerán el 25-01-2023.
Líbrese oficio a la Policía Municipal, donde se remita anexo boleta informativa del presente computo al sancionado.
En Cumaná, a los tres (03) días del mes de octubre DE 2017-
ABG. Yomari Figueras Mendoza.-
JUEZ DE EJECUCION PENAL ADOLESCENTES.-



Secretario.-
Abg. Alexander Caña.-