REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Secc.Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 2 de Octubre de 2017
207º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2016-000404
ASUNTO : RP01-D-2016-000404
ACTUALIZACION DE CÓMPUTO
Sancionado xxxxxxxxxxxxxxxxx
Revisadas las actuaciones en la presente causa seguida a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA EN EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO previsto en el artículo 406 NUMERALES 1 y 2 del Código Penal, en concordancia con el articulo 424 ejusdem, en perjuicio del ciudadano WUILLIANS JOSÉ PARRA MANRRUFO, es por ello que este Tribunal procede a la práctica de cómputo de la sanción, conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la mencionada Ley; para lo cual se observa:
PRIMERO: Que el 29 de Noviembre de 2016, el Tribunal Primero de Control Adolescentes Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre adolescente, sancionó al adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, fue sancionado a cumplir la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por el lapso de CUATRO (04) AÑOS Y TRES (03) MESES de Privación de Libertad, por su participación en el delito de por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA EN EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO previsto en el artículo 406 NUMERALES 1 y 2 del Código Penal, en concordancia con el articulo 424 ejusdem, en perjuicio del ciudadano WUILLIANS JOSÉ PARRA MANRRUFO.
SEGUNDO: Que el adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, esta detenido desde el 05 de octubre de 2016 al 02-10 2017, por ONCE (11) MESES Y VEINTISIETE (27) DÍAS faltándole por cumplir TRES (03) AÑOS TRES (03) MESES Y TRES (03) DIAS los cuales vencerán en fecha 05-01-2021
DISPOSITIVA
En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado y actualizado el cómputo en la presente causa seguida a xxxxxxxxxxxxxxxxxxx por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA EN EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO previsto en el artículo 406 NUMERALES 1 y 2 del Código Penal, en concordancia con el articulo 424 ejusdem, en perjuicio del ciudadano WUILLIANS JOSÉ PARRA MANRRUFO; quien cumple la sanción DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD por el lapso de CUATRO (04) AÑOS TRES(03) MESES,, donde se determino que lleva privado al día al 02-10 2017, por ONCE (11) MESES Y VEINTISIETE (27) DÍAS faltándole por cumplir TRES (03) AÑOS TRES (03) MESES Y TRES (03) DIAS los cuales vencerán en fecha 05-01-2021.
Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal , aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la referida Ley,
Líbrese boleta de notificación a las partes y al sancionado en la que se le informe que se practico cómputo en la causa que se le sigue a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, quien cumple la medida de privación de libertad, por el lapso de CUATRO (04) AÑOS TRES(03) MESES,, donde se determino que lleva privado al día al 02-10 2017, ONCE (11) MESES Y VEINTISIETE (27) DÍAS faltándole por cumplir TRES (03) AÑOS TRES (03) MESES Y TRES (03) DIAS los cuales vencerán en fecha 05-01-2021.
En Cumaná, a los dos (02) días del mes de octubre de 2017. Cúmplase.
La Jueza de Ejecución Adolescentes
Dra. YOMARI FIGUERAS MENDOZA
SECRETARIO:
ABG. ALEXANDER CAÑA
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