LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR,
ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
RIO CARIBE, 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017
207° Y 158°
Solicitud N° 136-2017.-
SOLICITANTE: CARMEN DEL VALLE ORSATTI UGAS
Titular de la Cédula de Identidad N° V-9.426.878
DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYO
APODERADO: NO OTORGO
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA

Visto el anterior escrito recibido por distribución contentivo de solicitud de Titulo Supletorio, interpuesto por la ciudadana: CARMEN DEL VALLE ORSATTI UGAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N°: V- 9.426.878 y de este domicilio, asistida en este acto por el ciudadano: PEDRO ROBERTO MATA, Abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el N° 166.111, quien intenta una solicitud de título supletorio a su favor sobre una Casa, con las siguientes características: paredes de bloques y cemento, techo de zinc, pisos de concreto revestido en cerámica, distribuida de tres (03) dormitorios, un (01) sala-comedor, un (01) cocina, un (01) baño, una (01) lavadero, un (01) porche una (01) puerta principal de aluminio, cinco (05) puertas de madera entamboradas, y tres (03) ventanas de aluminio. Dicho inmueble fue construido sobre lote de terreno municipal según consta de constancia de ficha Catastral de fecha 03 de abril de 2.017, el cual mide Cuatrocientos veinticuatro con veinticuatro metros cuadrados (424,24 m iubicado en la calle principal jurisdicción de la Parroquia 9 y un área de construcción de Sesenta y Nueve con Noventa y Seis metros cuadrados (69,96 m2), ubicada en Calle Principal, Jurisdicción de la Parroquia Tunapuicito, Municipio Benítez del Estado Sucre, y alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con casa de la sucesión Albornos Ugas (37,15 m) SUR: Con casa de Iván García (36,75 m) ESTE: Con Río Tunapuicito (13,50 m) OESTE: Con calle principal Tunapuicito (10,45 m). Dicha construcción tiene un valor de UN MILLON DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000,00).
En la misma fecha se admite la presente solicitud y se fija para la Presentación de los testigos ese mismo día de despacho, los ciudadanos: VALENTIN MARTINEZ y AMARILIS ROJAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nº.V-17.781.727 y V-5.983.843, las cuales dan fe de sus dichos. Ahora bien, llenos como se encuentran los extremos de ley tal cual como lo establecen los artículos 936 y 937 del código de procedimiento civil, para que prospere la solicitud de título supletorio, a favor de la ciudadana: CARMEN DEL VALLE ORSATTI UGAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N°: V- 9.426.878 y de este domicilio, resulta forzoso declarar la procedencia de la misma y así se decide. Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Titulo Supletorio a favor de la ciudadana: CARMEN DEL VALLE ORSATTI UGAS, antes identificada, sobre la casa ya descrita. DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Publíquese, Regístrese y Expídase por secretaria, las copias certificadas correspondientes y entréguesele a su solicitante. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Río Caribe, a los Veintiocho (28) día del mes de Noviembre del Dos Mil Diecisiete (2017).- Años 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
El Juez Provisorio

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Abg. LUICE ALVAREZ HURTADO
La Secretaria Temporal,

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Abg. MARIA TERESA RIVAS GONZALEZ

Nota: En esta misma fecha (28-11-2017), se publicó la anterior Sentencia, a las Once de la Mañana (11:00 a.m.).

La Secretaria Temporal,

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Abg. MARIA TERESA RIVAS GONZALEZ

Solicitud. Nº 136-2017.-
LAH/MR/gg.-