JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
San José de Areocuar, 02 de noviembre de 2017
207º y 158º
Vista la solicitud con sus recaudos proveniente del Juzgado Distribuidor Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, presentada por el ciudadano ANGEL LUIS MALAVE RONDON, venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 21.012.675, domiciliado en la población Choro Choro de El Pilar jurisdicción del Municipio Benítez del estado Sucre, asistido en este acto por la ciudadana Marilyn Aimara Dettín Cabrera, abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 119.936, domiciliada en jurisdicción del Municipio Bermúdez del Estado Sucre y por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a disposición expresa de la ley, y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre una bienhechuría, enclavado en un lote de terreno que se presume propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicado en la Carretera Nacional Carúpano-Guiria, sector El Rincón, Parroquia El Rincón, Municipio Benítez del Estado Sucre, con una superficie de cuatro hectáreas (4 ha) y un área total de construcción de 50,00 mts2, el cual posee las siguientes características: una construcción de una sola planta, destinada a dormitorio y depósito de materiales y herramientas, constituida por una habitación, una sala de baño y una sala, construida con paredes de bloques de cemento frisadas del mismo compuesto, piso de cemento y techo de acerolit y una cerca perimetral elaborado con palos y alambre de púa y un portón en la entrada elaborado de alfajol, el cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: con terrenos ocupados por Antonio Jose Navarro, SUR: con terreno ocupado por la Asociación Civil Provivienda “Proyecto Urbanístico 5 de marzo” (OCV 5 de Marzo), ESTE: con terrenos ocupados por la sucesión Vera Muzziotti y OESTE: con terrenos ocupados por la sucesión Muzziotti Bravo. Y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanas: MIGUEL CARMELO RIVAS RODRIGUEZ y ALEXANDER JOSE MARTINEZ ZABALETA , venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-16.256.640 y V-,24.134.107, respectivamente, todos domiciliados en jurisdicción del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor de la ciudadana ANGEL LUIS MALAVE RONDON, sobre la bienhechuría en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. En San José de Areocuar a los 02 días del mes de noviembre de dos mil diecisiete. Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez Provisorio,
Abg. Fanny R. Martínez M.
La Secretaria,
T.S.U.Zoraima Vargas.
Constante de ( ) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,
T.S.U.Zoraima M. Vargas
Solic. Nº 133 -2017
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