REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. SEDE CUMANA

Cumaná, 09 de Noviembre de 2017
207 y 158º

Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y revisadas las testimoniales promovidas en la presente solicitud de los ciudadanos: JORGE LUIS LOPEZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.872.639, domiciliado en: Urbanización Caigüire, Calle Campo Alegre, Casa N° 38, Parroquia Valentín Valiente, de esta ciudad de Cumaná del estado Sucre y JEISON SAMUEL TINEO RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.109.400, domiciliado en: Urbanización Caigüire, Calle Campo Alegre, Casa N° 38, Parroquia Valentín Valiente, de esta ciudad de Cumaná del estado Sucre, se evidencia que de las declaraciones de las mismas se subsumen los hechos con la presente solicitud, la ciudadana YASMINA RAMOS RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº 4.688.417, residenciada en: Urbanización el Bosque, Calle Los Cedros, Manzana A-1, Casa N° 10, de esta ciudad de Cumaná, Parroquia Valentín Valiente, Municipio Sucre del estado Sucre, debidamente asistida en este acto por la Abogada en ejercicio ELINOR BOADA RIVAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 45.647, en la cual solicita se le declare como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del De Cujus YASMIN DEL VALLE SANCHEZ RAMOS (difunta), venezolana, mayor de edad, quien era titular de la cédula de identidad Nº 16.486.677, y a sus hijos: La adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, venezolana, de trece (13) años de edad y al niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de once (11) años de edad. Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus YASMIN DEL VALLE SANCHEZ RAMOS (difunta), venezolana, mayor de edad, quien era titular de la cédula de identidad Nº 16.486.677, a sus hijos: La adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de trece (13) años de edad y el niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de once (11) años de edad y a la madre, ciudadana: YASMINA RAMOS RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº 4.688.417.- Por lo que se acuerda devolver el original con sus resultas. Asimismo se acuerda expedir por secretaría tres (03) juegos de copias certificadas del presente asunto.

Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.

Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los a los nueve (09) días del mes de Noviembre de Dos Mil Diecisiete (2017).-
LA JUEZA,


ABOG. MARIA EUGENIA GRAZIANI LICET

LA SECRETARIA


La presente decisión fue publicada en su fecha, siendo las 10:15 a.m.

LA SECRETARIA

LA SECRETARIA,

LA SECRETARIA
ASUNTO: JMS1-S-9950-17
SOLICITANTES: RAMOS RODRIGUEZ YASMINA
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
MEGL/delvalle.-