REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 06 de Noviembre del 2.017.
207° y 158°

Exp. N° 17.461.

DEMANDANTE: ALISMAYRA ROSARIO RUÍZ GÍL, titular de la Cédula de Identidad N° 17.020.399.

APODERADO JUDICIAL: Abogado HÉCTOR VELÁSQUEZ MÁRQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.141.

DOMICILIO PROCESAL: Urbanización Villa Jardín, casa N° 09, Carúpano Estado Sucre.

DEMANDADO: EULISES RAMÓN QUILARQUE MARTÍNEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 15.882.158.

APODERADO JUDICIAL: Abogados VÍCTOR DÍAZ ORTÍZ Y RAMÓN MARÍN, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros: 23.338 y 132.369 respectivamente.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.

MOTIVO: DAÑOS MATERIALES DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en fecha 27 de Marzo del 2.017, este Tribunal dictó Sentencia Definitiva donde se declaró: Primero: Sin Lugar La Defensa de Fondo de la Falta de Cualidad de la actora y Segundo: Improcedente la demanda, y por cuanto desde que se dicto la referida Sentencia las partes no ejercieron recurso alguno, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.

La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.
SGDM/Fvc/dr.
Exp. N° 17.461.