REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Secc.Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 21 de Noviembre de 2017
207º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2016-000258
ASUNTO : RP01-D-2016-000258
ACTUALIZACION DE CÓMPUTO
Sancionado xxxxxxxxxxxxx
Revisadas las actuaciones que guardan relación con adulto xxxxxxxxxxxxxxxxxxx; por su participación en el delito de COAUTOR DE HOMICIDIO CALIFICACIÓN CON ALEVOSIA EN EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 406 numeral 1° del Código Penal en relación con los artículos 458 y 83 ejusdem, en perjuicio del ciudadano ALEXANDER HERNANDEZ (Occiso); quien cumple la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR UN PLAZO DE CUATRO (04) AÑOS, es por ello que este Tribunal procede a la práctica de cómputo de la sanción, conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la mencionada Ley; para lo cual se observa:
PRIMERO: Que el 03 de octubre de 2016, el Tribunal de Juicio del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sancionó al ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxx, a cumplir la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por el lapso de CUATRO (04) AÑOS por la comisión del delito de COAUTOR DE HOMICIDIO CALIFICACIÓN CON ALEVOSIA EN EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 406 numeral 1° del Código Penal en relación con los artículos 458 y 83 ejusdem, en perjuicio del ciudadano ALEXANDER HERNANDEZ (Occiso).
SEGUNDO: De la revisión de las actas se observa que el ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxxx, estuvo detenido desde el 08 de julio de 2016 al 10-12- 2016, por un lapso de CINCO (05) MESES Y DOS (02) DÍAS, Se evadió en fecha 11-12-16 siendo recapturado 13-12-16. Del 13-12-16 al día de hoy 21-11-17 lleva ONCE (11) MESES Y OCHO (08) DIAS, para un total de UN (01) AÑO CUATRO (4) MESES DIEZ (10) DIAS faltándole por cumplir DOS(02) AÑOS SIETE (07) MESES Y VEINTE (20) DIAS los cuales vencerán en fecha el 13 de julio de 2020.
DISPOSITIVA
En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal , aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la referida Ley, se declara efectuado y actualizado el cómputo en la presente causa seguida al joven adulto xxxxxxxxxxxxxxxx; por su participación en el delito de COAUTOR DE HOMICIDIO CALIFICACIÓN CON ALEVOSIA EN EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 406 numeral 1° del Código Penal en relación con los artículos 458 y 83 ejusdem, en perjuicio del ciudadano ALEXANDER HERNANDEZ (Occiso); quien cumple la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR UN PLAZO DE CUATRO (04) AÑOS, donde se determino que lleva privado al día de hoy UN (01) AÑO CUATRO (4) MESES DIEZ (10) DIAS faltándole por cumplir DOS(02) AÑOS SIETE (07) MESES Y VEINTE (20) DIAS los cuales vencerán en fecha el 13 de julio de 2020.
Líbrese boleta de notificación a las partes. Líbrese boleta informativa al sancionado recluido en el IAPES adjunto a respectivo oficio.
En Cumaná, a los VEINTIUN (21) días del mes de noviembre de 2017-
JUEZA DE EJECUCION PENAL ADOLESCENTES.-
ABG. YOMARI FIGUERAS MENDOZA
Secretario
Abg. CESAR OCANTO