REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
El Pilar: 12 de Mayo de 2017.-
207° y 158°


Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO suscrito por la ciudadana ARIHATNA YULIET CANDALLO SALAZAR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N°V-24.948.243, de este domicilio, asistida en este acto por el abogado en ejercicio CARLOS CANDALLO, titular de la cédula de identidad N°V-14.717.025, con domicilio en Los Arroyos, Parroquia Antonio Vásquez, jurisdicción del Municipio Benítez del Estado Sucre, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 110.475.-Así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos: ABDERRAHMANE ABEDLHADI y MARIA ELENA ROJAS HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-84.441.222 y V-17.972.927, respectivamente, de este domicilio.- En dicha solicitud de Titulo Supletorio, la ciudadana ARIHATNA YULIET CANDALLO SALAZAR, suficientemente identificada, solicita a este despacho judicial, se sirva declarar dichas actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle sus derechos de propiedad sobre las bienechurias enclavadas en un terreno de propiedad Municipal, ubicadas en la calle Francisco Antonio Vásquez de Los Arroyos Municipio Benítez del Estado Sucre, con las siguientes características: tres (03) habitaciones, una (01) sala-comedor, un (01) baño, una (01) cocina, un (01) tanque de concreto, con paredes de bloques, piso de cemento y techo de asbesto y cuenta con los servicios de agua potable y luz eléctrica, tiene un área de construcción de SESENTA Y CUATRO con cero tres METROS CUADRADOS (64,03 M2) en un lote de terreno municipal que mide TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE con SESENTA METROS CUADRADOS (379,60 M2) y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con casa Zuley Marcano (36,60 m). SUR: Con casa de Rafael Vásquez (38,20 m). ESTE: Con hacienda que es o fue de Francisco Marcano (10,15 m) y OESTE: Con la calle Francisco Antonio Vásquez (10,15 m).-El costo de dichas bienhechurias es por la cantidad de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.4.500.000,oo). Ahora bien por cuanto los mencionados testigos Supra identificados, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud, en consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil mientras no haya oposición en contrarios y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle a la solicitante ciudadana ARIHATNA YULIET CANDALLO SALAZAR, supra identificada, sus derechos de propiedad que tienen sobre las bienhechurias, antes descritas. Se devuelven estas diligencias, original con sus resultas. Se ordena dejar copia certificada de la presente solicitud de sus resultas, a los fines de su archivo en este Juzgado, para tal efecto, se autoriza al ciudadano PEDRO GARCIA, titular de la cédula de identidad N° V-13.275.409, en su carácter de Alguacil de este Órgano Jurisdiccional para el fotocopiado.-Déjese copia certificada. CUMPLASE.-

El Juez Provisorio;

___________________
Abg.FELIX BENITEZ PEREZ

La Secretaria;
________________
Abg. YDANIS DUARTE DE BOLIVAR



NOTA: En esta misma fecha 12/05/17, se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Juzgado.
La Secretaria;
________________
Abg. YDANIS DUARTE DE BOLIVAR





Solic. N° 35-17.-