República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre




Tribunal Supremo de Justicia
Juzgado Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
S E N T E N C I A I N T E R L O C U T O R I A
DEMANDANTE: ALEXANDER JOSÉ AGUIRRE GUTIÉRREZ.
DEMANDADA: JORGELYS DEL CARMEN LANZA BERMÚDEZ.
PRETENSIÓN: DIVORCIO 185-A
FECHA: 31 DE MAYO DE 2017.
EXPEDIENTE: N° 14-7514.
En fecha nueve de octubre de dos mil catorce, se admitió solicitud de DIVORCIO 185-A presentada por ALEXANDER JOSÉ AGUIRRE GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-18.775.469, domiciliado en la Villa Bolivariana, manzana 5, casa Nº 12, Parroquia Altagracia, Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre, asistidos por los profesionales del derecho NORMA ROMERO DE SCOUT y GABRIEL MARTÍNEZ GÓMEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros.: 3.165 y 29.782, respectivamente, contra la ciudadana JORGELYS DEL CARMEN LANZA BERMÚDEZ, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-18.580.178, domiciliada en la Franja de La Llanada, Bario Sabater, primera calle, casa s/n, Parroquia Altagracia, Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre.
La pretensión del solicitante era disolver el vínculo matrimonial que lo une desde el día veintiocho (28) de septiembre de dos mil siete (2007), con la ciudadana JORGELYS DEL CARMEN LANZA BERMÚDEZ, antes identificada.
Por cuanto en el caso de autos ha operado la perención de la instancia, esta sentencia se limita a su comprobación.
Consta en el expediente, que desde el día nueve (09) de octubre de dos mil catorce (2014), fecha en la que este Tribunal admite la solicitud, hasta la fecha de publicación de la presente decisión, las partes no han realizado ninguna actuación en el presente juicio, por lo que ha transcurrido más de un año sin que hubieren ejecutado algún acto en el procedimiento, así que, ha operado la perención de la instancia, y así se decide, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establece: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención”.
Por cuanto, está plenamente probado en autos, que en la presente causa operó la perención de la instancia, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la solicitud por la pretensión de DIVORCIO 185-A, interpuesta por el ciudadano ALEXANDER JOSÉ AGUIRRE GUTIÉRREZ contra la ciudadana JORGELYS DEL CARMEN LANZA BERMÚDEZ.
No hay condenatoria en costas, de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese, publíquese inclusive en la página Web del Tribunal y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. En Cumaná, a los treinta y un (31) días del mes de mayo de dos mil diecisiete (2017). Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO

ANTONIO JOSÉ LARA INSERNY
LA SECRETARIA TEMPORAL,

Abg. GIOVANNA CARVAJAL.
NOTA: Dando cumplimiento a las formalidades de Ley, y siendo las nueve de la mañana (08:40 a.m.), se publicó la anterior Sentencia.
LA SECRETARIA TEMPORAL,

Abg. GIOVANNA CARVAJAL.
AJLI/GC/rjg.-EXP. N° 14-7514.-