REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 09 de Mayo de 2.017
207º y 157º
Exp. N° 16.974

DEMANDANTE: EDUAL JOSE SALCEDO, titular de la Cédula
Identidad N° 9.458.118.

APODERADO: No otorgó Poder

DOMICILIO PROCESAL: Edificio Fundabermúdez, Piso 3, Oficina 11, Calle
Carabobo de esta ciudad de Carúpano, Municipio
Bermúdez del Estado Sucre.

DEMANDADA: EDDY RAMONA ADRIAN, titular de la
Cédula de Identidad N° 6.148.328.

APODERADO (S): No otorgó Poder.

DOMICILIO PROCESAL: Calle Principal de la Comunidad de Las Peonías,
Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez del
Estado Sucre.

MOTIVO: ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION
CONCUBINARIA.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE
DEFINITIVA.

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en fecha 16 de Enero del 2.013, este Tribunal dictó Sentencia Definitiva donde se declaró Sin Lugar la demanda, y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.
SGDM-mmg.
Exp. N° 16.974