REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 09 Mayo de 2017
207° y 156°
Exp. N° 16.839

DEMANDANTE: JESÚS MANUEL RODRÍGUEZ Y AZUCENA MATA GARCÍA, Titular de las Cédulas de Identidad Nros. 3.493.494 y 5.874.080

APODERADO: AZUCENA MATA Y PEDRO MOSQUEDA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 26.759 y 32584, respectivamente.

DOMICILIO PROCESAL: Calle Independencia Edificio Mary, Piso 1, Oficina 1-B, Municipio Bermúdez del Estado Sucre.

DEMANDADO: UNIDAD EDUCATIVA PRIVADA ESCUELA PARROQUIAL SANTA TERESITA, registrada por ante la oficina Subalterna de Registro Publico del Municipio Bermúdez, bajo el N° 5, folios 7 al 9, tomo Segundo, Protocolo Primero del año 1983.

APODERADO: EMILIA CAMPOS Y MARILYN DETTIN,, inscritas en el Inpreabogado Bajo los Nos. 38.929 y 119.936.


DOMICILIO PROCESAL: Callejón Santa Rosa N° 01, diagonal a la Catedral Santa Rosa de Lima, Municipio Bermudez del Estado Sucre.

MOTIVO: NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.




Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y evidenciándose de las mismas que por decisión fecha 22 de Septiembre de 2015, este Tribunal declaró SIN LUGAR la presente demanda y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno, es por lo que éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.- Así se decide.-
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.-
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.-

Exp. N° 16.839.-
SGDM/Fvc/lc.-