LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 05 de Mayo del 2017
207° y 157°
Exp. N° 17.085
DEMANDANTE: PAULA TRINA FIGUERAS, titular de
la Cédula de Identidad N° 5.865.431.
APODERADO: No Otorgó Poder.
DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.
DEMANDADO: CIRO RAMÓN GARCÍA, titular de la Cedula
de Identidad N° 1.464.103.
APODERADO: No Otorgó Poder.
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó
MOTIVO: ACCION MERODECLARATIVA (UNION
CONCUBINARIA).
SENTENCIA INTERLOCUTORIA (Con fuerza de Definitiva).
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en fecha 13 de Enero del 2.014, este Tribunal dictó Sentencia Interlocutoria donde se declaró la Extinción del proceso por Perdida del Interés, y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria.
Abg. Francis Vargas Campos.
SGDM-am.
Exp. N° 17.085
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