REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 16 de Mayo del 2.017
205° y 156°
Exp. N° 17.354
DEMANDANTE: DAVID RAFAEL VILLARROEL BELLO,
Titular de la Cédula de Identidad N° 9.455.621.
APODERADO: HECTOR VELASQUEZ MARQUEZ,
inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.141.
DOMICILIO PROCESAL: Avenida Principal, casa N° 09, Urbanización
Villa Jardín, Municipio Bermúdez del Estado
Sucre.
DEMANDADA: ELIZABETH MARIA SALAZAR, titular de
la Cédula de Identidad N° 10.218.356.
APODERADO: No otorgó Poder.
DOMICILIO PROCESAL: Calle Maneiro N° 46, Urbanización
Canchunchú, Municipio Bermúdez del Estado
Sucre.
MOTIVO: DIVORCIO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (CON FUERZA DE
DEFINITIVA).
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en fecha 02 de Febrero del 2.016, este Tribunal dictó Sentencia Definitiva donde se declaró la PERENSION DE LA INSTANCIA, y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,
Abg. Francis Vargas Campos.
SGDM-mmg.
Exp. N° 17.354
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