REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 12 de Mayo de 2.017
207º y 157º
Exp. N° 17.297

DEMANDANTE: JOSE MANUEL LOPEZ MATA, titular de la
Cédula de Identidad N° 1.913.649.

APODERADO (S): No otorgó Poder.

DOMICILIO PROCESAL: Calle Colombia, Sector El Limón, casa N° 03,
Casanay, Municipio Andrés Eloy Blanco del
Estado Sucre.

DEMANDADO: DOMENICO MANDUCA LAVEGLIA, Titular de la
Cédula de Identidad N° 5.900.520.

APODERADO (S): Abgs. CARLOS ENRIQUE MENESES CARABALLO
y CARLOS ALEXANDER MENESES NAVARRO,
Inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 44.874 y
179.762

DOMICILIO PROCESAL: Carretera Carúpano-San José, Sector El Muco,
kilómetro 4, cerca de la bomba de gasolina,
Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre.

MOTIVO: INTIMACIÓN AL PAGO.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE
DEFINITIVA.

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en fecha 06 de Abril del 2.016, este Tribunal dictó Sentencia Definitiva donde se declaró Sin Lugar la demanda, y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.
SGDM-mmg.
Exp. N° 17.297