REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE
CUMANÁ, 08 DE MARZO DE 2017
206º y 158º
Visto el escrito anterior, suscrito por el ciudadano CARLOS JESÚS MARTELL RAMÍREZ, suficientemente identificado en autos, actuando en su carácter acreditado en los mismos, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio y de este domicilio Daniel Salazar Velásquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.126.660 e inscrito en el IPSA bajo el N° 91.432, mediante el cual solicita a este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el contenido de la sentencia dictada por este Tribunal, decrete Medida Ejecutiva de Embargo del bien inmueble, suficientemente identificado en las actas procesales que conforman el presente expediente, y se libre el correspondiente mandamiento de ejecución al Juzgado Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Montes del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. Asimismo, solicita se le designe correo especial a los fines de hacer entrega del mandamiento de ejecución que se libre al efecto en el Juzgado Ejecutor y se le expida Copia Certificada de la sentencia; se le dio cuenta a la Jueza de este Despacho Judicial. En consecuencia, definitivamente firme como se encuentra la sentencia proferida por este Tribunal en fecha 08/12/2016, acuerda la Ejecución Forzosa de la misma, conforme a lo establecido en el artículo ut supra señalado. En tal sentido, se decreta el EMBARGO EJECUTIVO de los bienes inmuebles, propiedad de la demandada Sociedad Mercantil “CONSTRUCTORA FERGUNSTOWN, C.A.”, inscrita en la Oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital, estado Miranda, el día 07 de Junio de 1.996, bajo el Nº 33, Tomo 278-A, constituidos por Dos (02) LOTES DE TERRENO, los cuales están ubicados en la zona urbana, Jurisdicción de la ciudad de Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, cuyas características, medidas y linderos son los siguientes: LOTE N° 01: Tiene un extensión de Diez Hectáreas con treinta y Seis Centiáreas (10,36 HAS), siendo sus linderos particulares los siguientes NORTE: Vía que conduce a la Rinconada; SUR: con Terrenos de la Finca “El Riecito”, propiedad de Lorenzo Martell Ramírez; ESTE: Con terrenos propiedad del vendedor y OESTE: Con el “Río Sucio” y Lote Dos (02). El referido inmueble, forma parte de mayor extensión que tiene una superficie de DIECISÉIS HECTÁREAS CON CUARENTA Y OCHO CENTIÁREAS (16,48 HAS), cuyos linderos generales, son los siguientes: NORTE: Vía que conduce a “La Rinconada”; SUR: Con Terrenos de la Finca “El Riecito”, propiedad de Lorenzo Martell Ramírez; ESTE: Con terrenos de la Finca “La Florida”, propiedad de Franz Lorenzo Martell Ramírez; y OESTE: Con el “Río Sucio”. LOTE N° 02: Tiene una extensión de terreno de Cuatro Hectáreas con Cincuenta Centiáreas (4,50 HAS), el cual se encuentra dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con terrenos propiedad de Carlos Jesús Martell Ramírez, en línea recta en una logintud aproximada de Doscientos Treinta y Nueve Metros Lineales con Treinta y Cinco Centímetros (239,35 M); SUR: Con terrenos de la Finca El Riecito, propiedad de Lorenzo Martell Ramírez en una longitud de Ciento Ochenta y Nueve Metros con Treinta y Cinco Centímetros (189,35 M); ESTE: En una línea quebrada de Doscientos Nueve Metros (209 M), con terrenos propiedad de Carlos Jesús Martell Ramírez, y OESTE: En una línea quebrada de Doscientos Nueve Metros (209 M), con el Río Sucio. Los descritos bienes inmuebles, le pertenecen a la parte demandada, según consta en documento debidamente registrado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Montes del Estado Sucre, en fecha Veintiséis (26) de Junio del año dos mil siete (2007), el cual quedó insertado bajo el No. 37, Tomo IV, Protocolo Primero, Tercer Trimestre del año dos mil siete (2007). A los fines de la práctica del embargo ejecutivo aquí decretado se comisiona amplia y suficientemente al JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MONTES DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, y a tal efecto se ordena librar Despacho de Ejecución y oficio respectivos. Expidanse las copias certificadas y se designa correo especial al ciudadano CARLOS JESÚS MARTELL RAMÍREZ para que haga entrega del mandamiento de ejecución ante el juzgado comisionado.
LA JUEZA PROVISORIA,
Abg. MARÍA DE LOS ÁNGELES ANDARCIA
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. RAQUEL RIVERO MATA
Exp. N° 7333-14
MDLAA/rrm/cml