REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN CARUPANO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 3
Carúpano, 15 de Marzo de 2017
206º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2017-001832
ASUNTO: RP11-P-2017-001832
Visto el escrito presentado por el ciudadano Eleazar Jesús Millan Guerra; en fecha 14/03/2017; donde se requiere la entrega de los bienes materiales señalados en la presente causa; en por lo que este tribunal previa análisis; acuerda señalar al solicitante que debe agotar previamente a esta instancia; lo establecido en el articulo 293 del Código Orgánico Procesal Penal; por ser el fiscal del Ministerio Publico; el Tutor de la etapa inicial del Procesó; en consecuencia se niega la solicitud; y se insta al solicitante que debe acudir ante la Fiscalia Segunda del Ministerio Publico; a los fines de solicitar los objetos requeridas en su solicitud; líbrese los correspondiente oficios y remita la presentes actuaciones complementaria a la Fiscalia Segunda del Ministerio Público; así se acuerda:
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. ABELARDO ROYO HENRIQUEZ
LA SECRETARIA JUDICIAL
ABG. ANIUSKA MACUARAN