REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Secc.Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 29 de Marzo de 2017
206º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2016-000258
ASUNTO : RP01-D-2016-000258
ACTUALIZACION DE CÓMPUTO
Sancionado xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Revisadas las actuaciones que guardan relación con adulto xxxxxxxxxxxxxxxxxxx; por su participación en el delito de COAUTOR DE HOMICIDIO CALIFICACIÓN CON ALEVOSIA EN EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 406 numeral 1° del Código Penal en relación con los artículos 458 y 83 ejusdem, en perjuicio del ciudadano ALEXANDER HERNANDEZ (Occiso); quien cumple la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR UN PLAZO DE CUATRO (04) AÑOS, es por ello que este Tribunal procede a la práctica de cómputo de la sanción, conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la mencionada Ley; para lo cual se observa:
PRIMERO: Que el 03 de octubre de 2016, el Tribunal de Juicio del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sancionó al ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, a cumplir la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por el lapso de CUATRO (04) AÑOS por la comisión del delito de COAUTOR DE HOMICIDIO CALIFICACIÓN CON ALEVOSIA EN EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 406 numeral 1° del Código Penal en relación con los artículos 458 y 83 ejusdem, en perjuicio del ciudadano ALEXANDER HERNANDEZ (Occiso).
SEGUNDO: De la revisión de las actas se observa que el ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxx, esta detenido desde el 08 de julio de 2016 al 10-12- 2016, por un lapso de CINCO (05) MESES Y DOS (02) DÍAS, Se evadió en fecha 11-12-16 siendo recapturado 13-12-16. Del 13-12-16 al día de hpy 29-03-17 lleva TRES (3) MESES Y DIECISEIS (16) DIAS, para un total de OCHO(8) MESES DIECIOCHO (18) DIAS faltándole por cumplir TRES(03) AÑOS TRES (03) MESES Y DOCE (12) DIAS los cuales vencerán en fecha el 08 de julio de 2020.
DISPOSITIVA
En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado y actualizado el cómputo en la presente causa seguida al joven adulto xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; por su participación en el delito de COAUTOR DE HOMICIDIO CALIFICACIÓN CON ALEVOSIA EN EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 406 numeral 1° del Código Penal en relación con los artículos 458 y 83 ejusdem, en perjuicio del ciudadano ALEXANDER HERNANDEZ (Occiso); quien cumple la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR UN PLAZO DE CUATRO (04) AÑOS, donde se determino que lleva privado al día de hoy OCHO(8) MESES DIECIOCHO (18) DIAS faltándole por cumplir TRES(03) AÑOS TRES (03) MESES Y DOCE (12) DIAS los cuales vencerán en fecha el 08 de julio de 2020. Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal , aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la referida Ley. Líbrese boleta de notificación a las partes. Líbrese boleta informativa al sancionado junto a respectivo oficio. En Cumaná, a los VEINTINUEVE (29) días del mes de Marzo de 2017-
JUEZA DE EJECUCION PENAL ADOLESCENTES.-
ABG.JESSYBEL BELLO BOADA
Secretaria
Abg. DOANALMY ROMAN
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