REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO VALDÉZ DEL SEGUNDO CIRCUITO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO VALDEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
Güiria, 22 de Junio de 2017.
207º y 158º


EXP. Nº 023-14.
DEMANDANTE: Miembros del Concejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (COPRONNA) Municipio Valdez del Estado Sucre a petición de la ciudadana: Sabina Dellanira Midero Cedeño, cédula de identidad Nº V- 9.937.152.
DEMANDADO: Enrique Dionisio Vásquez González, cédula de identidad Nº V- 12.909.137.
MOTIVO: Obligación de Manutención.
MATERIA: Niños, Niñas y Adolescentes.


Por cuanto de las actas que conforman el presente expediente se evidencia que en fecha 06-02-2015 se decretó la Homologación al acuerdo suscrito por las partes en el acto de Conciliación, y siendo que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 262 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente una vez que las partes hayan conciliado, este acto pone fin al proceso, por lo que la homologación dictada por el Juez tiene el mismo efecto de sentencia firme ejecutoriada. En tal sentido, este Tribunal Ordena el Archivo Definitivo del presente expediente, el cual en su debida oportunidad será remitido a la Sede del Archivo Regional del Estado Sucre, con sede en la ciudad de Carúpano a los fines de su guarda y custodia. Cúmplase.-
La Juez,
Abg. Dulce M. Vásquez. (Fdo.)
La Secretaria Temp.,
Abg. Frangelix Brito.(Fdo.)
Nota: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria Temp.,
Abg. Frangelix Brito.(Fdo.)
Exp. Nº 023-14
DMVU/pjrl.