LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR,
ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
RIO CARIBE, 15 DE JUNIO DEL AÑO 2017
206° Y 157°
Solicitud. N°.71-2017.-
SOLICITANTES: JOSE VICENTE VILLALBA
Titular de la Cédula de Identidad
N°. V-5.882.107
DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYO
APODERADO: NO OTORGO
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
Visto el contenido del anterior escrito presentado por Distribución por el ciudadano: JOSE VICENTE VILLALBA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N°.V-5.882.107, con domicilio en el Municipio Bermúdez del Estado Sucre, asistido en este acto por el abogado HERNAN JOSE FERMIN BRITO, venezolano, mayor de edad, hábil civilmente, abogado en ejercicio, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.856.570, I.P.S.A. bajo el N° 197.861, con domicilio procesal en Calle Independencia N° 17 de la ciudad de Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, quien solicita al Tribunal la declaratoria a su favor de un Titulo Supletorio sobre una Casa, ubicada en el Sector 19 de Abril Canchunchu Viejo, jurisdicción de la Parroquia Santa Catalina Municipio del Estado Sucre, sobre una parcela que mide TRESCIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (324,00Mts2), código catastral actual: 19-05-03-11-47-45, y alinderada así: NORTE: Con calle Santander-Canchunchu Viejo, con una medida de (31,31Mts); SUR: Con propiedad que es o fue de Luisa Teresa Moya, con una medida de (31,31Mts); ESTE: Con propiedad que es o fue de Luis Carreño, con una medida de (10,35Mts); y OESTE: Con Iglesia Luz del Mundo, con una medida de (10,35Mts), y tiene las siguientes características: Pis de cemento, techo de zinc, paredes de zinc, Una (01) ventana de zinc, Dos (02) puertas de zinc principal, y fondo; Una (01) habitación, Un (01) baño, Una (01) cocina; con un área total de construcción de CATORCE
METROS CON SETETA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (14,72Mts2). Para tal fin invirtió la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.500.000,oo).
En fecha 15 de Junio del 2017, se admite la presente solicitud y se fija para la Presentación de los testigos TIRSO LUGO y ROSMERY BERBESI, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nº.V-6.379.164 y V-11.391.525, para que comparezcan a este Tribunal el mismo día de despacho a las diez de la mañana (10:00 a.m.), los cuales dan fe de sus dichos. Ahora bien, llenos como se encuentran los extremos de ley tal cual como lo establecen los artículos 936 y 937 del código de procedimiento civil, para que prospere la solicitud de título supletorio, a favor del solicitante, resulta forzoso declarar la procedencia de la misma y así se decide. Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Titulo Supletorio a favor del ciudadano: JOSE VICENTE VILLALBA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N°.V-5.882.107, con domicilio en el Municipio Bermúdez del Estado Sucre, quien solicita al Tribunal la declaratoria de un Titulo Supletorio a su favor, sobre una Casa, ubicada en el Sector 19 de Abril Canchunchu Viejo, jurisdicción de la Parroquia Santa Catalina Municipio del Estado Sucre, sobre una parcela que mide TRESCIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (324,00Mts2), código catastral actual: 19-05-03-11-47-45, y alinderada así: NORTE: Con calle Santander-Canchunchu Viejo, con una medida de (31,31Mts); SUR: Con propiedad que es o fue de Luisa Teresa Moya, con una medida de (31,31Mts); ESTE: Con propiedad que es o fue de Luis Carreño, con una medida de (10,35Mts); y OESTE: Con Iglesia Luz del Mundo, con una medida de (10,35Mts), y tiene las siguientes características: Pis de cemento, techo de zinc, paredes de zinc, Una (01) ventana de zinc, Dos (02) puertas de zinc principal, y fondo; Una (01) habitación, Un (01) baño, Una (01) cocina; con un área total de construcción de CATORCE METROS CON SETETA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (14,72Mts2). Para tal fin invirtió la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.500.000,oo). DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Publíquese, Regístrese y Expídase por secretaria, las copias certificadas correspondientes y entréguesele a su solicitante.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo
Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Río Caribe, a los Quince (15) días del mes de Junio del Dos Mil Diecisiete (2017).- Años 206° de la Independencia y 157º de la Federación.-
El Juez Provisorio
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Abg. LUICE ALVAREZ HURTADO
El Secretario
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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ
Nota: En la misma fecha (15-06-2017), a las Dos de la Tarde (02:00 p.m.) se publicó la anterior sentencia como esta ordenado.-
El Secretario
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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ
Solicitud. N°.71-2017.-
LAH/GM/gg.-
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