REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

El Pilar: 27 de junio de 2017.
207° y 158°


Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO suscrita por el ciudadano HENRRY GUILLERMO GOMEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-6.952.968, de este domicilio, asistido en este acto por el Abogado en ejercicio HECTOR VELASQUEZ MARQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.141.-Así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos: CIRO RUFINO GUEVARA SALAS y JESUS ALQUIMEDES MARCANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.531.086 y V-4.945.057 respectivamente, de este domicilio.-En dicha solicitud de TITULO SUPLETORIO, el ciudadano HENRRY GUILLERMO GOMEZ RODRIGUEZ, arriba suficientemente identificado, solicita a este despacho judicial, se sirva declarar dichas actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle sus derechos de propiedad sobre unas bienechurias enclavadas en un terreno de propiedad Municipal ubicadas en la calle Las Delicias de El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, con las siguientes características: tres (03) habitaciones, un (01) baño principal con sus accesorios, una (01) sala, un (01) comedor, un (01) cocina con sus accesorios, un (01) lavandero, paredes de bloques de concreto, piso de concreto, techo de zinc, puertas y ventanas de madera e instalaciones eléctricas, agua potable, además posee acceso para los servicios públicos, tiene un área de construcción de Setenta y Nueve con Setenta y Dos Metros cuadrados (79.72 m2) sobre un lote de terreno propiedad municipal que mide MIL CUATROCIENTOS ONCE CON CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS (1.411.52 M2) cuyos linderos son los siguientes: NORTE: con camino que conduce a la Escuela Luis Daniel Beauperthuy (64,43 m).- SUR: con casa de Julio Salazar (60,82 m); ESTE: con su frente que es la referida calle Las Delicias (26,50 m) y OESTE: con su fondo correspondiente que da con la Escuela Luis Daniel Beauperthuy (18,80 m).- El costo de dichas bienhechurias es por la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.500.000.,oo). Ahora bien por cuanto los mencionadas testigos, supra identificados, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud, en consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle al solicitante ciudadano HENRRY GUILLERMO GOMEZ RODRIGUEZ, supra identificado, su derecho de propiedad sobre las bienhechurias, antes descritas. Se devuelven estas diligencias, original con sus resultas.-Se ordena dejar copia certificada de la presente solicitud a los fines de su archivo en este Juzgado, para la cual se autoriza al ciudadano PEDRO GARCIA, titular de la cédula de identidad N° 13.275.409, en su carácter de Alguacil de este Órgano Jurisdiccional para el fotocopiado y de igual forma se autoriza al mismo para la elaboración de dichas copias. Déjese copia certificada. CUMPLASE.-
El Juez Provisorio;

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Abg. FELIX BENITEZ PEREZ.


La Secretaria;

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Abg.YDANIS DUARTE DE BOLIVAR .

Nota: En esta misma fecha 27/06/17, se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Juzgado.

La Secretaria;

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Abg. YDANIS DUARTE DE BOLIVAR.


Solic.N° 52-17.-