LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 12 de Junio de 2.017.-
207º y 157º.-
Exp. Nº 15.612.-

DEMANDANTE: PEDRO MARCELINO RODRÍGUEZ ROJAS,
Titular de la Cédula de Identidad N° 1.466.050

APODERADO: GUSTAVO JOSÉ BERMÚDEZ, Inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 61.154.
DOMICILIO PROCESAL: Edificio Carabobo, Piso 2, Oficina 2-2-B, Av.
Carabobo, Parroquia Santa Rosa, Municipio
Bermúdez del Estado Sucre.

DEMANDADO: LUISA MAGDALENA RODRÍGUEZ ROJAS,
Titular de la Cedula de Identidad N°
2.662.757.

APODERADO: LUIS ARTURO IZAGUIRRE, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 64.112.

DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYÓ.

MOTIVO: TACHA DE FALSEDAD.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.

Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y evidenciándose de las mismas que por ante este Tribunal ha trascurrido más de un año desde el 01 de Noviembre de 2.013, exclusive, fecha en que este Juzgado oyó en un solo efecto la Apelación propuesta por la parte demandante, contra la Sentencia Interlocutoria de fecha 08 de Octubre de 2.013, donde se negó realizar una experticia para la ejecución de las costas en la presente causa, por cuanto dicha solicitud correspondía a una demanda de Intimación de Honorarios Profesionales, hasta la presente fecha exclusive, sin que durante dicho lapso la parte promovente haya consignado los fotostátos correspondientes, debe entender esta Instancia que el promovente ha desistido de dicha Apelación. Así se decide.
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara DESISTIDA la Apelación propuesta por la parte demandante en la presente causa; asimismo, por cuanto la presente causa de TACHA DE FALSEDAD, fue declarada SIN LUGAR por ante el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, da por terminado el presente juicio y en consecuencia ordena el archivo del expediente.- Así se decide.-
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos
Exp. N° 15.612.-
SGDM/Fvc/ecm.-