República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre
Tribunal Supremo de Justicia
Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta
del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Cumaná – Estado Sucre
S E N T E N C I A I N T E R L O C U T O R I A
DEMANDANTE: NELSIN TERESA SILVA LABORIT.
DEMANDADOS: NEIVYN LUISA SILVA LABORITT y
ARMANDO SILVA JARAMILLO.
PRETENSIÓN: TACHA DE INSTRUMENTO PÚBLICO.
EXPEDIENTE: N° 13-5739.
N A R R A T I V A
LA DEMANDA
En fecha 25 de marzo de 2013, se admitió demanda por causa de TACHA DE INSTRUMENTO PÚBLICO, interpuesta por la ciudadana NELSIN TERESA SILVA LABORIT, venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad N° V-9.979.314, domiciliada en la Llanada, Sector III, Avenida 5, casa N° 48, Cumaná, Estado Sucre.
La pretensión de la demandante es la TACHA DE FALSEDAD DE DOCUMENTOS PÚBLICOS, DE LA AUTENTICACIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y DEL PODER.
M O T I V A
Por cuanto en el caso de autos ha operado la perención de la instancia, esta sentencia se limita a su comprobación.
Consta en el expediente, que el último acto de la parte demandante en el juicio, mediante diligencia de fecha primero (1°) de noviembre de dos mil catorce (2014) solicitando se ratifique el escrito de fecha 05-11-2014, todo en atención a lo preceptuado en los artículos 26, 49 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 10 y 19 del Código de Procedimiento Civil, más de un (01) año sin que las partes hubiesen ejecutado algún acto en el procedimiento, por lo que ha operado la perención de la instancia, y así se decide, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que se establece: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención”.
D I S P O S I T I V A
Por cuanto, está plenamente probado en autos, que en la presente causa operó la perención de la instancia, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de la demanda intentada por la ciudadana NELSIN TERESA SILVA LABORIT, contra los ciudadanos NEIVYN LUISA SILVA LABORITT y ARMANDO SILVA JARAMILLO, por causa de TACHA DE INSTRUMENTO PÚBLICO.-
No hay condenatoria en costas, por cuanto la perención de la instancia no las causa en ningún caso.
Se ordena agregar a los autos la compulsa con orden de comparecencia de la demandada, librada con el auto de admisión.
Regístrese, publíquese inclusive en la página Web del Tribunal y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los veintiún (21) días del mes de julio de dos mil diecisiete (2017). Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO
ANTONIO JOSÉ LARA INSERNY LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
GIOVANNA CARVAJAL
NOTA: Dando cumplimiento a las formalidades de Ley, y siendo las doce y cuarenta de la tarde (12:00 p.m.), se publicó la anterior Sentencia.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
GIOVANNA CARVAJAL.
AJLI/GC/mef.-
EXP. 13-5739.-
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