JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL
SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE. EXTENSIÓN CARÚPANO.

EXP. N° 13605-16.-
DEMANDANTE: JOSE ALBERTO COMEZ MUNDARAIN.
DEMANDADO: ROSANNY CAMPOS GARCIA.
MOTIVO: OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (ACLARATORIA DE SENTENCIA)


Revisadas las actas que conforman el presente expediente, se observa en el mismo que en la DISPOSITIVA DE LA SENTENCIA DICTADA en fecha 27 de Junio del año 2.017, se puede probar que se omitió fijar lo correspondiente al bono de juguetes y bono de útiles escolares, asimismo se fija un Treinta y cinco por ciento (35%) por concepto de Prestaciones Sociales en caso de despido o renuncia.-

Este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA ACLARATORIA DE LA SENTENCIA ordenando incluir en la dispositiva del fallo. En aras de garantizar el bienestar al desarrollo, en concordancia con el Interés Superior del Niño Niñas y Adolescente los siguientes particulares, que se tenga la presente resolución como complemento de la sentencia definitiva dictada en la presente causa:

1. SE ORDENA DESCONTAR LO CORRESPONDIENTE AL BONO DE JUGUETES.
2. SE ORDENA DESCONTAR LO RESPONDIENTE AL BONO DE UTILES ESCOLARES.
3. SE FIJA UN TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) POR CONCEPTO DE PRESTACIONES SOCIALES EN CASO DE DESPIDO O RENUNCIA. ASÍ SE ESTABLECE.

Asimismo se ordena dejar sin efecto el oficio librado en fecha 06 de Julio de 2017, y se ordena librar nuevo oficio incluyendo los beneficios establecidos en la presente aclaratoria.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, en Carúpano, a los Once (11) días del mes de Julio de Dos Mil Diecisiete.-




ABG. JAVIER MUÑOZ GARCIA,
EL JUEZ.


ABG., DIOMAR RIVAS MAZA,
El SECRETARIO.




























Exp. N° 13605-16.
JMG/drm/mr.-