República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre
Tribunal Supremo de Justicia
Juzgado Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
S E N T E N C I A I N T E R L O C U T O R I A
DEMANDANTE: JOSÉ RICARDO ANDRADE RIVERO.
DEMANDADA: LILIA JOSEFINA MARQUEZ FIGUEROA.
PRETENSIÓN: DAÑOS MATERIALES y MORALES POR
ACCIDENTE DE TRÁNSITO.
FECHA: 15 DE FEBRERO DE 2017.
EXPEDIENTE: N° 12-5668.
En fecha veintiuno de septiembre de dos mil doce, se admitió demanda por DAÑOS MATERIALES y MORALES POR ACCIDENTE DE TRÁNSITO contra LILIA JOSEFINA MARQUEZ FIGUEROA, mayor de edad, venezolana, con cédula de identidad Nº V-4.183.996, propietaria del vehículo Marca Toyota, Placa AA595AC, incoada por JOSÉ RICARDO ANDRADE RIVERO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° V-19.345.826, domiciliado en la urbanización San Luis II, vereda 13, casa Nº 62, representado por la profesional del derecho ROXY MARVAL CASTILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 179.636.
La pretensión es la cancelación de la cantidad de DOSCIENTOS SIETE MIL BOLÍVARES (Bs. 207.000,00), por concepto de DAÑOS MATERIALES, MORAL Y EMERGENTE, ocasionado en accidente.
Consta en el expediente, que desde el día trece de enero del año dos mil dieciséis al de publicación de esta sentencia, quince de febrero de dos mil diecisiete, ha transcurrido más de un año sin que las partes hubieren ejecutado algún acto en el procedimiento, ha operado la perención de la instancia, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención”.
Por cuanto, está plenamente probado en autos, que en la presente causa operó la perención de la instancia, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio por la pretensión de DAÑOS MATERIALES y MORALES POR ACCIDENTE DE TRÁNSITO, interpuesto por JOSÉ RICARDO ANDRADE RIVERO, contra LILIA JOSEFINA MARQUEZ FIGUEROA.
Regístrese, publíquese inclusive en la página Web del Tribunal y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. En Cumaná, a los quince (15) días del mes de febrero de dos mil diecisiete (2017). Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO
ANTONIO JOSÉ LARA INSERNY LA SECRETARIA TEMPORAL
GIOVANNA CARVAJAL NOTA: Dando cumplimiento a las formalidades de Ley, y siendo las once y cuarenta de la mañana (11:40 a.m.), se publicó la anterior Sentencia.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
GIOVANNA CARVAJAL
AJLI/GC/ef.-EXP. N° 12-5668.-
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