REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Estado Sucre extensión Cumaná
Cumana, 21 de febrero del dos mil diecisiete
206º y 158º


N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2016-000180
PARTE ACTORA: ENRIQUE LUIS ALPINO, FRENGER LUIS ASTUDILLO, ERNESTO JOSE FRANCO LANZA, LUIS ALEJANDRO RIVERO FAJARDO y LUIS ALFREDO SANCHEZ.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARCOS RIVAS y JUAN CARLOS BRAVO.
PARTE CO-DEMANDADAS: MEHDI ISMAIL CHEAITO.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIO MARRUFFO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


SENTENCIA

Visto el desistimiento planteado por el abogado MARCOS RIVAS, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 103.236, en la prolongación de la audiencia preliminar, manifestando que Desiste del procedimiento intentado contra MEHDI ISMAIL CHEAITO, este Tribunal Segundo de Sustanciación. Mediación y Ejecución del Trabajo de conformidad con lo establecido en el articulo 263 al 266 del Código de Procedimiento Civil en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologa el presente desistimiento y declara terminado el presente procedimiento intentado contra MEHDI ISMAIL CHEAITO. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Se le advierte a la parte demandante que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del articulo 130 eiusdem, podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de la presente decisión.
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La Jueza


Abg. ZORAIDA LEMUS R. El secretario