REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Cumaná- Estado Sucre
Cumaná, dieciséis de febrero de dos mil diecisiete
206º y 157º

SENTENCIA

ASUNTO : RP31-L-2016-000277
PARTE ACTORA : RAFAEL RODRÍGUEZ AYALA
PARTES DEMANDADA: GRUPO DE EMPRESA PEZATUN C.A
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Vista las diligencias presentadas por el abogado CARLOS LOPEZ,, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 105.237, actuando en su carcter de apoderado judicial de la parte actora RAFAEL RODRÍGUEZ AYALA, manifestando que Desiste del procedimiento intentado contra GRUPO DE EMPRESA PEZATUN C.A, asimismo vista la diligencia presentada por la parte demandada, donde manifiesta no deber nada por los conceptos demandados, solicitando se declare terminado el procedimiento, este Tribunal Segundo de Sustanciación. Mediación y Ejecución del Trabajo de conformidad con lo establecido en el articulo 263 al 266 del Código de Procedimiento Civil en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologa el presente desistimiento y declara terminado el presente procedimiento intentado contra GRUPO DE EMPRESA PEZATUN C.A. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Se le advierte a la parte demandante que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del articulo 130 eiusdem, podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de la presente decisión.
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La Jueza,

Abg. ZORAIDA LEMUS ROMERO El secretario