REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 09 de Febrero del 2.017
206° y 157°
Exp. N° 17.477

DEMANDANTE: MARLENES JOSEFINA FARIAS GONZALEZ, titular
de la Cédula de Identidad N° 5.867.237.

APODERADO: No otorgó Poder.

DOMICILIO PROCESAL: Urbanización Sol del Caribe, Calle 3, Manzana K, N°
2, El Muco de esta ciudad de Carúpano, Estado
Sucre.

DEMANDADO: JOSE GREGORIO SALAZAR MARIN, titular de la
Cedula de Identidad N° 9.454.436.

APODERADO: No otorgó Poder.

DOMICILIO PROCESAL: Calle 25, N° 08 de la Marina de Playa Grande, de
esta ciudad de Carúpano, Estado Sucre.

MOTIVO: DIVORCIO.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (CON FUERZA DE
DEFINITIVA).

Visto el cómputo que antecede y revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, y evidenciándose de las mismas que por un error material e involuntario no imputable a las partes, el Segundo Acto Reconciliatorio debió ser verificado en fecha 07 de Febrero del 2.017 y al mismo tiempo no se dejó constancia de que la parte demandante no compareció a dicho acto en el presente juicio, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 757 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Extinguido el proceso, dándose por terminado el presente juicio. En consecuencia se ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.
SGDM-mmg.
Exp. N° 17.477