REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 24 de Febrero de 2017
206º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2011-002980
ASUNTO: RP11-P-2011-002980
Recibido como ha sido, escrito presentado por el Defensor Público Penal, Abg. Edgar Brito , en su carácter de defensora del Penado Angel Manuel Plaza Oliveros, titular de la Cédula de Identidad N° 25.658.699, mediante el cual solicita a este tribunal , que por cuanto el mismo se encuentra recluido en la Comunidad Penitenciaria Félix Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, se libre el exhorto respectivo, así como copias certificadas de las sentencias condenatoria, del auto de ultimo computo de pena a los fines de la formación del expediente carcelario respectivo y se ordene la evaluación del penado, se soliciten antecedentes penales y se ordene su inclusión en junta de rehabilitación y se designe correo especial , para la remisión pertinente a la ciudadana Marisol Del Carmen Plaza Oliveros Cédula de Identidad Nº 16.397.722; este Tribunal pasa a proveer en los siguientes términos:
Ya mediante auto de fecha 22 de noviembre, a solicitud de la defensora auxiliar Abg. Mileine Guacuto Ríos, este tribunal libró el exhorto respectivo mediante la designación del mismo correo especial y remitió las copias certificadas a la dirección del centro penitenciario, por lo que extraña la nueva solicitud al respecto lo que denota la falta de comunicación existente en el despacho de la defensa pública. Ahora bien, en cuanto a las otras solicitudes, por cuanto el penado Angel Manuel Plaza Oliveros, quien es Venezolano, natural de quebrada de piedra, soltero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V.- 25.658.699, de profesión u oficio estudiante y obrero, nacido en fecha 12-06-93, hijo de: Martha Mercedes Olivero y Fausto Porfirio Plaza Mendoza, domiciliado en Sector quebrada de piedra, en Yaguaraparo, Calle principal, casa S/N, como a tres casas de la escuela, Municipio Yaguaraparo, del Estado Sucre, se encuentra cumpliendo la pena de Once (11) Años y Ocho (08) Meses De Presidio, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de Violación, previsto y sancionado en el artículo 374 ordinales 1° y 4° del Código Penal, con el agravante del artículo 217 de la Ley Orgánica para la protección de niños, niñas y adolescentes, cometido en perjuicio de un niño cuyo nombre se omite en resguardo de su pudor y conforme al auto de ultimo cómputo respectivo de fecha 23 de Noviembre del 2016, dicho penado podrá optar por la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Libertad Condicional a partir del 25 de Mayo del año en curso, y a partir del 14 de Mayo del año 2018, tendrá derecho a la conmutación de la pena por Confinamiento, este tribunal acuerda oficiar a la dirección de la Comunidad Penitenciaria Félix Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara para que se tramite la evaluación del referido penado por el equipo multi disciplinario del Ministerio del Poder Popular Para el servicio Penitenciario para determinar su aptitud para la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Libertad Condicional , e igualmente para que se le incluya en la próxima junta de rehabilitación Laboral y educativa de dicho centro penitenciario , ello en caso de que se encuentre realizando actividad laboral y/o educativa que así lo amerite. Igualmente, a todo evento, se acuerda oficiar a la División de antecedentes penales del Ministerio del Poder Popular Para las relaciones interiores Justicia y Paz , para que se remita la certificación de antecedentes penales respectivos.Remítanse los oficios y copias certificadas respectivas por conducto de Marisol Del Carmen Plaza Oliveros Cédula de Identidad Nº 16.397.722, a quien se designa correo especial para tal fin. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución.
Abg. Luís Mariano Marsella.
La Secretaria Judicial.
Abg. Laimalia Moya.