REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL
Carúpano, 8 de Febrero de 2017
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2016-000412
ASUNTO: RP11-P-2016-000412
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
ENTRGA DE VEHICULO
En el día 7 de Febrero de 2017, se constituyó en la sala de Audiencias N° 03 , el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 4 de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, presidido por la Juez Abg. Ysmenia Fernández Hernández, acompañada por el Secretario Judicial en funciones de sala Abg. Jesús Miguel Parejo Romero, y el alguacil de sala; a los fines de la celebración de la Audiencia Especial de Entrega de Vehiculo, en el presente asunto solicitada por el ciudadano YVAN JOSE ZAPATA TINEO. A tal efecto se verifica la presencia de las partes, encontrándose presentes: la Fiscal Auxiliar Septima del Ministerio Público, Abg. Crisser Brito, el Abogado Asistente Abg. Lovelia Marcano y el solicitante Yvan José Zapata Tineo.
EXPOSICION DE LA ABOGADA ASISTENTE
Seguidamente se le otorga la palabra al Abogado Asistente, quien expone: ratifico la solicitud de entrega material de vehiculo interpuesta por el ciudadano Yvan Jose Zapata Tineo, por ante la Fiscalia Séptima del Ministerio Publico, es por lo que una vez realizada la revisión correspondientes por los expertos de INTTT, se puede evidenciar que los seriales de carrocería están en su estado original, según consta en el expediente cursante a folio cuatro (14 ) Experticia y Avaluó Aproximado, asimismo consta certificado de registro de vehiculo Nº 160103364349, de fecha 24 de Octubre del 2001, cursante al folio 40. Así mismo solicito la devolución de los documentos originales del Vehiculo, tipo moto. Es todo.
EXPOSICION DEL SOLICITANTE
Seguidamente se le otorga la palabra al Solicitante ciudadano Yvan José Zapata Tineo, titular de la Cédula de Identidad Número V- 24.841.890, quien expone: solicite se me entregue mi vehiculo moto, el cual se encuentra en el estacionamiento Queremene, Vía San José Carúpano Estado Sucre. Es todo.
EXPOSICION FISCAL
Acto seguido se le otorga la palabra a la Fiscal del Ministerio Público, quien expone: no me opongo a la solicitud realizada por las partes, es todo..
PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
Seguidamente toma la palabra la Juez y expone: Oído lo manifestado lo manifestado por la abogada asistente, la exposición realizada por el solicitante y la no oposición del Fiscal del Ministerio Público, este Tribunal para decir observa existe al presente asunto solicitud del ciudadano Yvan José Zapata Tineo, tal y como se evidencia en el presente asunto según, consta experticia n° 042-15, realizada por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, de fecha 01 de Febrero del 2016, donde dejan constancia las características: del Vehiculo, tipo Moto. Placas: AC2L60G, Serial de Carrocería: 821LMBCA7BD2040, Serial Motor: 162FMJB5105783, Modelo: BR150-2/21, Marca: BERA, Año: 2011, Color: Rojo, Tipo: Paseo, Clase: Moto, Uso: Particular, asimismo consta certificado de registro de vehiculo Nº 160103364349, de fecha 24 de Octubre del 2001, cursante al folio 40, es por lo que este Tribunal es por lo que considera esta juzgadora considera que lo mas que lo mas procedente y ajustado a derecho y por cuanto la solicitud no es contraria a derecho acordar la entrega PLENA del vehiculo, Tipo Moto, al solicitante Yvan José Zapata Tineo, titular de la Cédula de Identidad Número V- 24.841.890, el cual se encuentra en el estacionamiento el Venezolano, ubicado en la Vía Carúpano-San José, Queremene, del estado Sucre. Líbrese Oficio al encargado del estacionamiento El Venezolano, y así se decide.
DISPOSITIVA:
por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de primera instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA LA ENTREGA PLENA del referido vehículo al ciudadano YVAN JOSÉ ZAPATA TINEO, titular de la Cédula de Identidad Número V- 24.841.890, con la siguiente características: Placas: AC2L60G, Serial de Carrocería: 821LMBCA7BD2040, Serial Motor: 162FMJB5105783, Modelo: BR150-2/21, Marca: BERA, Año: 2011, Color: Rojo, Tipo: Paseo, Clase: Moto, Uso: Particular; de conformidad con lo establecido en el articulo 293 del Código Orgánico Penal. Líbrese Oficio al estacionamiento El Venezolano a los fines de que haga del referido vehiculo. Se Acuerda la devolución de los documentos originales del Vehiculo, tipo moto, con la siguiente características: Placas: AC2L60G, Serial de Carrocería: 821LMBCA7BD2040, Serial Motor: 162FMJB5105783, Modelo: BR150-2/21, Marca: BERA, Año: 2011, Color: Rojo, Tipo: Paseo, Clase: Moto, Uso: Particular; En virtud que esta decisión fue dictada en audiencia oral en presencia de las partes téngase notificadas las mismas, conforme al artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penales. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL
ABG. YSMENIA FERNANDEZ HERNANDEZ
LA SECRETARIA JUDICIAL
ABG. CARMEN ESPINOZA
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