REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 14 de Diciembre de 2017
207° y 158°
Exp. N° 17.519.-
DEMANDANTES: JOSÉ MAXIMILIANO OBANDO ROJAS Y FANNY MERCEDES PEROZA DE OBANDO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 2.674.096 y 5.083.462 respectivamente.
APODERADO: Abog. JOSÉ LUÍS UGAS HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.241.
DOMICILIO PROCESAL: El Pilar, Calle la Republica casa s/, Parroquia el Pilar Municipio Benítez del Estado Sucre, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 2.674.096 y 5.083.462
DEMANDADO: JOSÉ RAFAEL COLMENARES PIMENTEL, titular de la Cédula de Identidad Nro: 6.180.106
APODERADO: No otorgo.
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyo
MOTIVO: ACCIÓN REIVINDICATORIA
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y evidenciándose de las mismas que por decisión de fecha 20 de Octubre de 2017, este Tribunal declaró SIN LUGAR la demanda y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno en el lapso legal correspondiente, es por lo que éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.- Así se decide.-
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé.-
La Secretaria,
Abg. Francis Vargas Campos.-
Exp. N° 17.519.-
SGDM/Fvc/lc.-
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