CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 6 de Diciembre de 2017
207º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2016-000716
ASUNTO: RP11-P-2016-000716
Recibidas como han sido, actuaciones policiales emanadas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub delegación Estadal Carúpano , relacionadas con la aprehensión del Ciudadano Robert Gregorio Bautista Castillo, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº: V-26.646.448, soltero, sin oficio definido, nacido en fecha 05-12-1996, residenciado en la cuarta calle de Charallave, casa sin numero Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en las cuales se refleja que el referido penado fue detenido en fecha 04 de los corrientes por funcionarios adscritos a ese componente policial fundada tal detención en orden de aprehensión, librada en fecha 28 de Febrero del 2016 por el Tribunal Segundo de Control de esta extensión judicial según oficio Nº RJ11OFO2016002270 de la misma fecha dirigido al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub delegación estadal Carúpano, por la comisión de los delitos de Homicidio Calificado y Agavillamiento; Este Tribunal pasa a resolver en los siguientes términos: Efectivamente de la revisión de la presente causa, se evidencia, que mediante oficio Nº RJ11OFO2016002270 de fecha 28 de Febrero del 2016; el Tribunal Segundo de Control, ordenó la aprehensión del ciudadano Robert Gregorio Bautista Castillo, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº: V-26.646.448, soltero, sin oficio definido, nacido en fecha 05-12-1996, residenciado en la cuarta calle de Charallave, casa sin numero Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre. Así mismo se evidencia que, efectivamente el referido ciudadano fue capturado en su oportunidad, sometido a proceso y sentenciado a cumplir la pena de Cinco,(5), Años de presidio, más las accesorias de Ley., por la comisión del delito Homicidio Intencional Calificado Con Alevosia, Por Motivos Fuitiles E Innobles, En Grado De Complicidad Correspectiva, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1°, en relación con el articulo 424 todos del Código Penal, siendo que el Tribunal Primero de Juicio , vista la cuantía de la pena, por decisión de fecha 12/06/2017, sustituyó la Privación Judicial Preventiva de Libertad que pesaba sobre los mismos y en su lugar decretó la medida cautelar Sustitutiva de libertad establecida en el artículo 242 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada treinta (30) días por ante la Unidad del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, librándose sendas boletas de libertad remitidas al Centro de Coordinación Policial Gral. José Francisco Bermúdez mediante oficio Nº RK11OFO2017002788; sin embargo por cuanto la aludida orden de aprehensión aún esta en el sistema SIIPOL , la detención practicada a dicho ciudadano es en base a la misma constituye una privación ilegitima de libertad, toda vez que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 44 ordinal 5º dispone que Ninguna persona continuara en detención después de dictada orden de excarcelación por la autoridad competente….por lo que tal detención es violatoria de sus derechos, razón por la cual este Tribunal, ordena la inmediata libertad, del ciudadano Robert Gregorio Bautista Castillo, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº: V-26.646.448, soltero, sin oficio definido, nacido en fecha 05-12-1996, residenciado en la cuarta calle de Charallave, casa sin numero Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre. Igualmente consecuencia se acuerda sacar del sistema SIIPOL la orden de aprehensión librada en contra suya y en contra del ciudadano Abraham Josue Franco Yanez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V-26.421.531, soltero, Estudiante, nacido en fecha 23-02-1997, residenciado en cumbres de Charallave, calle principal, casa sin numero, Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha 28 de Febrero del 2016 por el Tribunal Segundo de Control de esta extensión judicial según oficio Nº RJ11OFO2016002270 de la misma fecha dirigido al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub delegación estadal Carúpano. Líbrense la boleta de Libertad al referido penado y mediante oficio remítase al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub delegación estadal Carúpano, Con mandato de desincorporación del sistema SIIPOL de la Órden de Aprehensión respectiva, remitiendo anexa copia certificada de la presente decisión. Notifíquese al fiscal y a la defensa participando la presente decisión. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución.
Abg. Luis Mariano Marsella
La Secretaria.
Abg. Mary Carmen Ramos.
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