REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
El Pilar: 09 de agosto de 2017
206° y 158°
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO suscrita por la ciudadana MEUDY ALEXANDRA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, Licenciada en educación, titular de la cédula de identidad No. V- 13.729.819, domiciliada en Calle Nueva Estrella de El Pilar, Parroquia El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, asistido en este acto por el Abogado en ejercicio FRANCIS JOSE MALAVE SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.880.275 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 216.122, así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos: ADAHIT ALEJANDRA RIVERA CABRERA y ANITZA DEL CARMEN SALAS MARANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 18.215.902 y V- 12.888.472, respectivamente. En dicha solicitud de TITULO SUPLETORIO, la ciudadana arriba suficientemente identificada, solicita a este DESPACHO JUDICIAL, se sirva declarar dichas actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle su derecho de propiedad sobre una casa, constante de dos (02) dormitorios, un (01) baño, Una (01) sala, Una (01) cocina, paredes de bloque de concreto. La casa esta ubicada en la Calle Nueva Estrella de El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, Alinderada de la siguiente manera: NORTE: Con garaje que es o fue del señor Euspicio Martínez, con una medida de (25,00 Mts.); SUR: Con terreno de Vicente Español, con una medida de (25,00 Mts.); ESTE: Con su frente que es la referida calle Nueva Estrella, con una medida de (10,00 Mts.) y OESTE; Con su fondo correspondiente que da con terreno de Ángel Sánchez, con una medida de (10,00 Mts.), en un área total que mide DOSCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (250,00 m2) y un área de construcción que mide CIENTO VEINTE (120,00 m2), tal como se evidencia en constancia emanada de la Dirección de Ingeniería de la Alcaldía del Municipio Benítez del Estado Sucre, signada con el Nº 19-04-01-02-10-16, de fecha 27 de julio de 2017. El valor de la casa es por la cantidad de VEINTE MILLONES BOLIVARES (Bs. 20.000.000,oo). Ahora bien por cuanto los mencionados testigos, supra identificados, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil mientras no haya oposición en contrarios y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle a la solicitante, ciudadana MEUDY ALEXANDRA GONZALEZ, supra identificada sus derechos de propiedad que tiene sobre la casa, antes descrita. Se devuelven estas diligencias, original con sus resultas. Déjese copia certificada. CUMPLASE.-
El Juez Provisorio;
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Abg. Félix Benítez Pérez La Secretaria;
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Abg. Ydanis Duarte de Bolívar
NOTA: En esta misma fecha (09/08/2017), se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Juzgado.
La Secretaria;
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Abg. Ydanis Duarte de Bolívar
Solic. N° 75-17.
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