REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIBERO Y ANDRÉS ELOY BLANCO DEL PRIMER CIRCUITO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS RIBERO Y ANDRÉS ELOY BLANCO
PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
Casanay, 14 de Agosto de 2017
207° y 158°
Dada por recibida la anterior comisión, procedente del Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con sede en Cumaná, donde comisiona a este Juzgado a los fines de que practique la Notificación del ciudadano FELICITO RAMON GARCIA PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.467.777, con motivo de la demanda de COLOCACION FAMILIAR EN FAMILIA DE ORIGEN, presentada por los ciudadanos SANAT TOMASA LARA DE GARCIA, FELICITO RAMON GARCIA PEÑA y la niña omissis, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.954.147, V- 10.467.777, debidamente asistidos por la Defensora Pública Primera con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en beneficio de la niña se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niño, Niña y Adolescente, en contra del ciudadano antes mencionado. Désele entrada, anótese en el Libro respectivo y asígnesele numeración del Tribunal. En consecuencia, entréguese Boleta de Notificación y Compulsa al Alguacil de este Despacho, a los fines de que practique la Notificación ordenada. Una vez cumplida la presente comisión, devuélvase original con sus resultas mediante oficio al Tribunal Comitente. Cúmplase lo ordenado en Auto. Diarícese.
LA JUEZA PROVISORIA.
ABG. ISMEIDA LUNA TINEO.
LA SECRETARIA SUPLENTE.
ABG. PATRICIA HURTADO BRITO.
… En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA SUPLENTE.
ABG. PATRICIA HURTADO BRITO.
ILT/phb/mlv
Com. N° 17-900