REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumaná, catorce (14) de agosto de dos mil diecisiete 2017.
207º y 158º
ASUNTO : RP31-L-2016-000182
SENTENCIA
PARTE DEMANDANTE : GABRIELA BETZABETH RODRÍGUEZ MARCANO, titular de la cedula de identidad N° V- 19.761.381.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: la abogada FABIANA FELCEL GONZÁLEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 132.341, representación que consta de poder Apud-Acta al folio 29.
PARTE DEMANDADA : las Sociedades Mercantiles TAO CUMANÁ, C.A., TAO REPUESTOS, C.A., e INVERSIONES TAO MOTOS, C.A. y los ciudadanos VICENTE ALFREDO ARAUJO MARCANO Y JESUS AUGUSTO SARCOS ROMERO, titulares de la cedula de identidad Nros, V- 9.783.916 y V- 15.559.618.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: El abogado LUIS DIAZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 100.624.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS LABORALES.
De la revisión de las actas procesales, que conforman la presente causa, se evidencia que en fecha 10/08/2017, se presento diligencia de transacción celebrada entre la representación judicial de la demandante FABIANA FELCEL GONZÁLEZ,, y la representación judicial de los demandados las Sociedades Mercantiles TAO CUMANÁ, C.A., TAO REPUESTOS, C.A., e INVERSIONES TAO MOTOS, C.A. y los ciudadanos VICENTE ALFREDO ARAUJO MARCANO Y JESUS AUGUSTO SARCOS ROMERO, el abogado LUIS DIAZ, en la presente causa que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, interpuso por la ciudadana GABRIELA BETZABETH RODRÍGUEZ MARCANO, titular de la cedula de identidad N° V- 19.761.381 contra las Sociedades Mercantiles TAO CUMANÁ, C.A., TAO REPUESTOS, C.A., e INVERSIONES TAO MOTOS, C.A. y los ciudadanos VICENTE ALFREDO ARAUJO MARCANO Y JESUS AUGUSTO SARCOS ROMERO, por la cantidad de TRESCIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 310.855,00) cantidad esta, cancelada con la entrega de Un cheques del Banco Mercanti, cuya copia consta al folio 99. Manifestando la representación judicial de la parte demandante, satisfecha todas las pretensiones de la ciudadana GABRIELA BETZABETH RODRÍGUEZ MARCANO, y en consecuencia las accionadas nada deben por conceptos de prestaciones sociales y demás beneficios laborales a la accionante.
La transacción realizada, produce un finiquito total y definitivo, razón por la cual este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley procede a su HOMOLOGACION, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19 de la Ley Orgánica Del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras y 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, con el objeto de darle la eficacia correspondiente, concluyendo el litigio judicial en forma definitiva, mediante un medio alterno de resolución de conflictos y enfatiza que la manifestación de voluntad expuesta en la transacción en cuestión, constituye una muestra de la participación y responsabilidad social de los sujetos involucrados, en cumplimiento de los fines del bienestar social general, de acuerdo a sus capacidades, otorgándole fuerza de cosa Juzgada, ya que es Ley entre las partes y declara TERMINADO el presente procedimiento y se ordena el ARCHIVO del expediente. CÚMPLASE
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA..
DIOS Y FEDERACION.
LA JUEZA TITULAR.
ANTONIETA COVIELLO MARCANO.
LA SECRETARIA
YOLENNY CARIAS.
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