REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumaná, catorce (14) de agosto de dos mil diecisiete 2017.
207º y 158º
ASUNTO : RP31-L-2010-000046
SENTENCIA
PARTE ACTORA: JOHNNY MARCHAN, titular de la cedula de identidad No. 12.661.661.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CARMEN MARCHAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.51.503, representación que consta de poder Apud –Acta al folio 15.
PARTE DEMANDADA: CORPORACIÓN DE SERVICIOS AGROPECUARIOS, S.A. (CORSERAGRO).
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: RAFAEL VILLEGAS OTTO, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el No.51.503, representación que consta DE PODER Autenticado al folio 33 al 34.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
La Jueza Titular de este tribunal, la ciudadana ANTONIETA COVIELLO MARCANO, una vez realizado la actualización de los montos transados en la sentencia, de fecha 01/03/2010, en la cantidad de Bs. 58.241,51, para el demandante y Bs. 13.241,51 de honorarios profesionales correspondiente a la abogada CARMEN TERESA MARCHAN, en la presente causa RP31-L-2010-00046, en el presente procedimiento que por cobro de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales sigue el ciudadano JOHNNY MARCHAN, titular de la cedula de identidad No. 12.661.661, contra de la Empresa CORPORACIÓN DE SERVICIOS AGROPECUARIOS, S.A. (CORSERAGRO), los cuales se calcularan a través del MODULO DE INFORMACION, ESTADISTICAS, FINANCIERA Y CALCULO DEL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA, en acatamiento al Reglamento del Procedimiento Electrónico para la Solicitud de Datos al Banco Central de Venezuela de fecha 30 de julio de 2014, emanado de la Sala Plena de este Máximo Tribunal, publicado en Gaceta Judicial N° 47 de fecha 5 de marzo de 2015 y en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.616 de fecha 9 de marzo de 2015. A la transacción celebrada, solo se le actualizara los intereses moratorios en razón a la tardanza en el pago realizado, lo cual fue solicitado por diligencia de fecha 25-07-2017, suscrita por la Abogada. Carmen Teresa Marchan, actuando en su carácter de apoderada Judicial de la parte actora JOHNNY MARCHAN, solicitando “que se ordene actualizar los montos establecidos desde el año 2009, y que a la fecha deben ser indexados para ajustarlos al monto actual, por la perdida del valor de la moneda, todo a los fines que se pongan en movimiento tramites de pago de estas acreencias, y los derechos de este trabajador no queden sin recibir el pago de sus derechos laborales, con sentencia definitivamente firme, (…),. La actualización solicitada, se realizara en los siguientes términos:
A través del Modulo de Calculo del Banco Central de Venezuela, se realizara el pago de los intereses moratorios sobre las cantidades transadas, causados desde la fecha de la publicación de la sentencia 01/03/2010, cuyos resultados se anexan a la presente decisión, considerando para ello la tasa de interés activa fijada por el Banco Central de Venezuela.
La cantidad de Bs. 58.241,51 mas INTERESES DE MORA Bs. 77.837,87= BS.136.079,38. Mas los Honorarios Profesionales Bs. 13.241,51 mas Intereses de Mora Bs. 17.696,81= Bs.30.938,32, Lo cual suma la cantidad de CIENTO SESENTA Y SIETE MIL CON DIECIOCHO BOLIVARES (Bs.167.018,00), mas los honorarios del experto anterior LUIS GALLARDO Bs. 36.000,00. Y así se establece. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIAS CERTIFICADA
DIOS Y FEDERACION.
LA JUEZA TITULAR
Abg. ANTONIETA COVIELLO MARCANO
LA SECRETARIA.
YOLENNYS CARIAS.
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