REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 07 de Agosto de 2017
207º y 157º
Exp. N° 17.337

DEMANDANTE (S): SIXTO RAMON ALCALA, titular de la Cédula de
Identidad N° 3.424.195.

APODERADO (S): No otorgó Poder.

DOMICILIO PROCESAL: Calle Principal de Playa Grande Arriba, casa s/n, al
lado de la Cancha Los Primos, Parroquia Bolívar,
Municipio Bermúdez del Estado Sucre.

DEMANDADA (S): ANDRES JOSE ALCALA DIAZ, SIXTO RAFAEL
ALCALA DIAZ, MARICETH DEL VALLE ALCALA
DIAZ, LUIS ANTONIO ALCALA DIAZ, MARIA
EUGENIA ALCALA DIAZ y MARIELA DEL VALLE
ALCALA DIAZ, titulares de las Cédulas de Identidad
Nros. 12.739.276, 12.531.474, 13.293.385, 16.255.089,
16.061.772 y 16.061.773, respectivamente

APODERADO: No Otorgaron Poder.

DOMICILIO PROCESAL: Calle Principal de Playa Grande Arriba, casa s/n al
lado de la Cancha Los Primos, Parroquia Bolívar,
Municipio Bermúdez del Estado Sucre.

MOTIVO: ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION
CONCUBINARIA.

SENTENCIA INTERLOCUTORIA (CON FUERZA DE
DEFINITIVA).

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en fecha 29 de Noviembre del 2.016, este Tribunal dictó Sentencia Definitiva la cual se Declaró Sin Lugar la demanda, y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.

SGDM-mmg.
Exp. N° 17.337