REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 5
Carúpano, 14 de Agosto de 2017
207º y 158º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2012-008177.
ASUNTO: RP11-P-2012-008177


DESESTIMACIÓN DE DENUNCIA
Vista la solicitud presentada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, donde solicita la Desestimación de la presente causa de conformidad con el artículo 283 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal; por cuanto los hechos no revisten carácter penal, éste Tribunal considera procedente autorizarla para que prescindan de la Acción Penal en la causa seguida a PERSONAS DESCONOCIDAS, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 420 Ordinal 1º del Código Penal donde aparece como presunta victima WINDER GONZALEZ Y TONY JAVIER RODULFO LOPEZ
A los fines del pronunciamiento correspondiente, éste Tribunal observa que la solicitud Fiscal, se encuentra fundamentada en el hecho de que la denunciante no aporta ningún elemento que pueda ser considerado como un acto, hecho específico u omisión, subsumible en una conducta que pueda considerarse como delictiva; en razón de ello, tal solicitud se encuentra ajustada a derecho, en consecuencia se Acuerda la Autorización para la Desestimación de la Acción Penal en el presente asunto, seguida a PERSONAS DESCONOCIDAS, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 420 Ordinal 1º del Código Penal donde aparece como presunta victima WINDER GONZALEZ Y TONY JAVIER RODULFO LOPEZ. Así se decide.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Penal QUINTO en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA, en el asunto seguido a PERSONAS DESCONOCIDAS, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 420 Ordinal 1º del Código Penal donde aparece como presunta victima WINDER GONZALEZ Y TONY JAVIER RODULFO LOPEZde conformidad con lo establecido en el artículo 283 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes y remítase las actuaciones a la Fiscalía solicitante de conformidad con lo establecido en el artículo 284 ejusdem. Así se decide. Cúmplase.
La Juez Quinto de Control

ABG. CAROL CRISTY MUZIOTTI HERNÁNDEZ
Secretario Judicial
ABG. MARIA YELITZA RODRIGUEZ