REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
Corte de Apelaciones
Cumaná, 23 de Agosto de 2017
207º y 158º


ASUNTO N° RP01-R-2017-000372
JUEZ PONENTE: Pedro Coraspe Boada


Visto el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada YAMILET DELGADO GARCIA, en su carácter de Fiscal Principal de la Fiscalía Décima del Ministerio Público con competencia especial de protección de la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, contra Sentencia Definitiva dictada el 28-07-2017, por el Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, mediante la cual CONDENÓ a los ciudadanos ERNESTO LUCIO YENDEZ RONDON Y CARLOS ALFREDO YENDEZ RONDON a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana L. DEL C. R, esta Corte de Apelaciones se impone del asunto de marras y pasa a decidirlo.

En consecuencia de lo anterior, se distribuyen de manera automática las presentes actuaciones, correspondiendo la ponencia de la misma al Juez Superior Abg. Pedro Coraspe Boada, quien con tal carácter suscribe la presente decisión. Para decidir, esta Corte de Apelaciones hace previamente las consideraciones siguientes:
DE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO

Leído y analizado el escrito contentivo de la fundamentación del presente recurso de apelación, se aprecia que la recurrente lo sustenta en el artículo 112, numerales 2 y 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por cuanto el sentenciador desechó la correcta calificación jurídica de los hechos acreditados en el debate y sostenido por el Ministerio Público, que fue Violencia Sexual en grado de Tentativa y Violencia Sexual en grado de Tentativa en grado de Cooperador.

De igual manera, se evidencia de las actuaciones recibidas en esta Alzada, la Certificación expedida por la Secretaria del Juzgado A Quo, a los fines de poder determinar que, ciertamente el recurso se interpuso dentro del lapso legal establecido en el artículo 445 del Código Orgánico Procesal Penal, tal como se desprende del folio ciento noventa y cinco (195) de la pieza 3 de la presente causa.

Así mismo el recurso interpuesto no se encuentra dentro de las causales de inadmisibilidad establecidas en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, esta Corte considera procedente declarar su ADMISIÓN; Y ASÍ SE DECIDE.

Por otra parte, de conformidad con lo pautado en el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, se fija como oportunidad para que tenga lugar la audiencia oral el 23-08-2017 a las 11:00 de la mañana, en el Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, verificados como sean en autos las notificaciones previas de las partes. Y ASÍ SE DECLARA.

D E C I S I Ó N

Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada YAMILET DELGADO GARCIA, en su carácter de Fiscal Principal de la Fiscalía Décima del Ministerio Público con competencia especial de protección de la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, contra Sentencia Definitiva dictada el 28-07-2017, por el Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, mediante la cual CONDENÓ a los ciudadanos ERNESTO LUCIO YENDEZ RONDON Y CARLOS ALFREDO YENDEZ RONDON a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana L. DEL C. R SEGUNDO: Se fija, de conformidad con el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, el 23-08-2017 a las 11:00 de la mañana, audiencia oral, en el Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, verificado como sea en autos las notificaciones previas de las partes.

Notifíquese a las partes. Cúmplase lo ordenado.

El Juez, Presidente,


Abg. JESUS MEZA DIAZ
El Juez Superior, Ponente,


Abg. PEDRO CORASPE BOADA
La Jueza Superior,


Abg. YOMARI FIGUERAS MENDOZA
El Secretario,

Abg. LUIS A. BELLORIN MATA

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.

El Secretario,

Abg. LUIS A. BELLORIN MATA




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