REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
El Pilar: 06 de abril de 2017
206° y 158°


Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO suscrita por el ciudadano MARTIN JOSE ALBINO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V- 11.970.713, domiciliado en la Calle San José, Casa Nº 72 de Guaraunos, Parroquia Guaraunos, Municipio Benítez del Estado Sucre, asistido en este acto por el Abogado en ejercicio LUIS RAFAEL SIFONTES GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.885.236 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 196.379, así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos: JESUS JULIAN GOMEZ y ANDREA MARIA GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 11.968.065 y V- 11.437.638, respectivamente. En dicha solicitud de TITULO SUPLETORIO, el ciudadano arriba suficientemente identificado, solicita a este DESPACHO JUDICIAL, se sirva declarar dichas actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle su derecho de propiedad sobre una parcela con plantaciones de cacao, árboles maderables, árboles frutales y un área de desmonte para el cultivo de otras especies, el predio en cuestión esta conformada por un inmueble (casa), constante de dos (02) habitaciones, una (01) sala, una (01) cocina, un (01) baño, ubicada en la parroquia El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, no tiene asignada numero catastral por no haber realizado catastro en la zona, el terreno tiene unas medidas de 10.000,oo metros cuadrados (10 ha.m.) y un área de construcción de QUINIENTOS METROS CUADRADOS (540 MTS2), alinderada de la siguiente manera: NORTE: con propiedad de Florentino Díaz, con una medida de (200,00 M.); SUR: con su frente que es la referida vía nacional La Variante, con una medida de (200,00M.); ESTE: con terrenos del Instituto Nacional de Tierras (INTI), con una medida de (500,00 M.) y OESTE: con propiedad de Enrique Wiestruck, con una medida de (500,00 M.). El valor del inmueble es por la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000,oo). Ahora bien por cuanto las mencionadas testigos, supra identificadas, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil mientras no haya oposición en contrarios y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle al solicitante, ciudadano MARTIN JOSE ALBINO, supra identificado sus derechos de propiedad que tiene sobre la casa antes descrita. Se devuelven estas diligencias, original con sus resultas. Déjese copia certificada. CUMPLASE.-
El Juez Provisorio;

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Abg. Félix Benítez Pérez La Secretaria;

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Abg. Ydanis Duarte de Bolívar

NOTA: En esta misma fecha (06/04/2017), se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Juzgado.
La Secretaria;

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Abg. Ydanis Duarte de Bolívar













Solic. N° 21-17