REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
El Pilar: 20 de abril de 2017
206° y 158°
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO suscrita por la ciudadana EDDIE MARLY PASTRANO, venezolana, mayor de edad, soltera, obrera, titular de la cédula de identidad No. V- 11.442.417, domiciliada en la comunidad de Quebrada de Mono, Parroquia Tunapuicito, Municipio Benítez del Estado Sucre, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio JUAN CARLOS HERNANDEZ CABRERA, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 168.077, así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos: LILA DEL VALLE BONILLO SALAZAR y DOMINGO ANTONIO PATIÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 9.452.654 y V- 9.055.043, respectivamente. En dicha solicitud de TITULO SUPLETORIO, la ciudadana arriba suficientemente identificada, solicita a este DESPACHO JUDICIAL, se sirva declarar dichas actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle su derecho de propiedad sobre unas biencherurias (hacienda) de plantaciones de 1.600 matas de cacao, 200 matas de aguacate, 50 matas de mango, 60 matas de pumalaca, plátano, banana, maíz, yuca, auyama, chino y oras especies, la misma se encuentra ubicada en el Asentamiento campesino Punta Santa Picazón, Sector Quebrada de Mono, Parroquia Tunapuicito, Municipio Benítez del Estado Sucre, se encuentra enclavado en un lote de terreno municipal que mide treinta mil metros cuadrados (30.000 Mts2), tres (03) hectáreas (has), alinderada de la siguiente manera: NORTE: con vía agrícola que conduce a Ventarrón, SUR: con parcela que es o fue de Jesús Pastrano, ESTE: con parcela que es o fue de Israel Mata y OESTE: con parcela que es o fue de Jesús Pastrano, El valor del inmueble es por la cantidad de SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 600.000,oo). Ahora bien por cuanto los mencionados testigos, supra identificados, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil mientras no haya oposición en contrarios y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle a la solicitante, ciudadana EDDIE MARLY PASTRANO, supra identificada sus derechos de propiedad que tiene sobre la hacienda, antes descrita. Se devuelven estas diligencias, original con sus resultas. Déjese copia certificada. CUMPLASE.-
El Juez Provisorio;
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Abg. Félix Benítez Pérez La Secretaria;
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Abg. Ydanis Duarte de Bolívar
NOTA: En esta misma fecha (20/04/2017), se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Juzgado.
La Secretaria;
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Abg. Ydanis Duarte de Bolívar
Solic. N° 24-17.
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