República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre



Tribunal Supremo de Justicia
Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta
del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
LAS PARTES Y LA CAUSA
DEMANDANTE: ISAMAR EMILIA VICENT RODRIGUEZ.
DEMANDADO: JUAN JOSE BERMUDEZ.
PRETENSIÓN: PREFERENCIA OFERTIVA.
FECHA: 07 DE ABRIL DE 2017.
EXPEDIENTE: N° 16-5932.
N A R R A T I V A
LA DEMANDA
En fecha diecisiete (17) de octubre de dos mil dieciséis (2016), se admitió demanda por la pretensión de PREFERENCIA OFERTIVA, contra el ciudadano JUAN JOSE BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-8.642.290, domiciliado en la avenida El Islote, sector El Realengo, casa s/n, jurisdicción de la Parroquia Ayacucho, Municipio Sucre, Estado Sucre, incoada por la ciudadana ISAMAR EMILIA VICENT RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-24.690.235, domiciliada en la vía Pantanillo, casa s/n, Parroquia Santa Inés, Municipio Sucre, Estado Sucre, asistida por el profesional del derecho YENSIN JOSE YENDEZ LEÓN, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 80.754.-

EL DESISTIMIENTO
El día veintisiete (27) de marzo de dos mil diecisiete (2017), compareció la demandante, asistida por el abogado en ejercicio JORGE JUAN BADARACCIO ORTIZ, con I.P.S.A Nº 39.780, quien presentó una diligencia mediante la cual DESISTE del PROCEDIMIENTO, en los términos siguientes: “Previa certificación en autos de las copias que acompaño, solicito me sean devueltas por Secretaría todos los anexos consignados por mi en este expediente…Desisto de este Procedimiento, por lo tanto homológuese como Sentencia en Derecho y Archívese…”
Por cuanto lo pedido no es contrario a derecho, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERON ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su HOMOLOGACIÓN al DESISTIMIENTO propuesto por la ciudadana ISAMAR EMILIA VICENT RODRIGUEZ, parte demandante.
Igualmente, este Tribunal ordena el archivo del expediente.-
Regístrese, publíquese inclusive en la página Web del Tribunal y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. Año 206° de la Independencia y 158° de la Federación.-
Cumaná, siete (7) de abril de dos mil diecisiete (2017).
EL JUEZ PROVISORIO,

ANTONIO JOSE LARA INSERNY
LA SECRETARIA TEMPORAL,

GIOVANNA CARVAJAL

NOTA: Dando cumplimiento a las formalidades de Ley, y siendo las nueve y veinte minutos de la mañana (9,20 a.m.), se publicó la anterior Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva.
LA SECRETARIA TEMPORAL,


GIOVANNA CARVAJAL
AJLI/GC/ef.- Exp. N° 16-5932.