REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 21 de Abril del 2.017.
207° y 157°

Exp. N° 17.141.

DEMANDANTE: JOSÉ ABEL MANTILLA PARADA, titular
De la Cédula de Identidad Nro: 5.807.372.

APODERADO (S): FRANKLIN PÉREZ FARÍAS, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 179.463.

DOMICILIO PROCESAL: Calle San Félix N° 7, Carúpano Municipio Bermúdez
Del Estado Sucre.

DEMANDADA: YVONNE BEATRIZ NEGRON SUÁREZ, titular
De la Cedula de Identidad N° 5.057.795.

APODERADO (S): No otorgó Poder.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.

MOTIVO: DIVORCIO.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en fecha 20 de Noviembre del 2.014, este Tribunal dictó Sentencia Definitiva donde se declaró Sin Lugar la demanda, y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.

La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.

SGDM/Fvc/dr.
Exp. N° 17.141.