REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 26 de septiembre de 2016
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2013-000921
ASUNTO: RP11-P-2013-000921


Por cuanto fui convocada como Juez Suplente del Tribunal Segundo de Ejecución del este Circuito Judicial Penal, del Estado Sucre, para cubrir la vacante temporal del Juez provisorio del Tribunal Segundo de Ejecución Abg. Jesús Eduardo García Guevara, quien fue designado como Juez Suplente de la Corte de Apelaciones del Estado Sucre, me avoco al conocimiento de la presente causa. Visto el Informe presentado por la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa de la Comandancia del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, en el marco del Plan Cayapa, a favor del penado JAVIER ANTONIO CEDEÑO CEDEÑO, venezolano, natural de Rio Caribe. Estado Sucre, nacido el 02-09-1989, de estado civil soltero, de profesión: Agricultor, residenciado en Caserío Concepción, calle Principal, hacia el Cerro, casa s/n, titular de la cedula de identidad Nº V- 21.540.284, este Tribunal a los fines de decidir observa:
De la revisión del correspondiente informe de la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa y de la Constancia de Trabajo emanada de los Funcionarios adscritos a ése recinto Policial, hacen constar que el penado de autos labora realizando trabajos en la elaboración de productos artesanales, en el lapso comprendido desde el 10/08/2013, hasta el 05/07/2016; lo que hace un Tiempo de Trabajo de Dos (02) años, Diez (10) meses y Veinticinco (25) días, lo cual hace un Tiempo Real de Redención de Un (01) Año, Cinco (05) meses, Doce (12) días y Doce (12) Horas, tiempo este que es Redimido en este acto al penado de autos. En consecuencia, este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Cumplido como se encuentran los requisitos exigidos en los artículos 2 y 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, REDIME al penado JAVIER ANTONIO CEDEÑO CEDEÑO, venezolano, natural de Rio Caribe. Estado Sucre, nacido el 02-09-1989, de estado civil soltero, de profesión: Agricultor, residenciado en Caserío Concepción, calle Principal, hacia el Cerro, casa s/n, titular de la cedula de identidad Nº V- 21.540.284, la pena de Un (01) Año, Cinco (05) meses, Doce (12) días y Doce (12) Horas, por trabajo penitenciario, tiempo este que es Redimido en este acto al penado de autos.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, Actualiza el Cómputo correspondiente a JAVIER ANTONIO CEDEÑO CEDEÑO, venezolano, natural de Rio Caribe. Estado Sucre, nacido el 02-09-1989, de estado civil soltero, de profesión: Agricultor, residenciado en Caserío Concepción, calle Principal, hacia el Cerro, casa s/n, titular de la cedula de identidad Nº V- 21.540.284, quien se encuentra cumpliendo la pena de DIECISEIS (16) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por los delitos de: VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previsto y sancionado en el 3er aparte del artículo 43 de la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de la Ciudadana: ADRIANA DEL VALLE GARCÍA GARCIA, mas las accesorias de ley, todo de conformidad con lo previsto en la parte in fine del artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal.
Remítase Copia Certificada del presente auto Junto con boleta informativa para el penado, a la Comandancia de Policía de esta ciudad a los fines de la imposición respectiva. Notifíquese a la defensa y al fiscal primero de Ejecución de sentencias del Estado Sucre. Cúmplase.
JUEZ SEGUNDO DE EJECUCION
SECRETARIA JUDICIAL
ABG. OSNEYLIN CEDEÑO
ABG. ROSELYS LUZARDO