REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL
Carúpano, 7 de Septiembre de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2016-003532
ASUNTO: RP11-P-2016-003532


SENTENCIA INTERLOCUTORIA
MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD
En el día de 30 de junio de 2016, Se traslado y se constituyó en la Comandancia de Policía de esta ciudad, el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, Estado Sucre, Extensión Carúpano, presidido por la Juez Abg. Ysmenia Fernández Hernández, acompañado de la Secretaria Judicial Abg. Anna Di Bisceglie, y los alguaciles Julio Estaba y Ramón Millán a objeto de realizar la AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADO en el presente asunto seguido en contra de los ciudadanos JERSON JOSÉ VÁSQUEZ HURTADO, JOSE DANIEL CAMPOS ROMERO, ALBER JUAN CRUZ CABRERA, EDGAR JOSE LA ROSA LA ROSA, RICARDO JAVIER VILLAROEL VILLARROEL, HENRY JOHANNY OVALLES SANCHEZ, ELNYS RAFAEL MÁRQUEZ SALAZAR, JESUS DANIEL SALAZAR HERRERA, JEAN PIERRE JOSE PATINO, REGULO ALEXANDER FLORES ESPAÑA, YENSO JOSE GUTIERREZ GUTIERREZ, JHONATAN JOSE PAYARES ALVAREZ, ROBIN ANTONIO QUERRO PRIMERA, JEAN CARLOS JOSE GONZALEZ LEZAMA, FRANKLIN DEL JESUS ROBLES ROMERO, GERINO JOSÉ LATTAN, HECTOR JOSE VILLARROEL RODRIGUEZ,, JHON ALBERTO LEON MALAVE, HERMIS HIRAMI ORDAZ GIL, WILMAN ANTONIO COVA PINO, MIGUEL ANTONIO MIRANDA MONTILLA, JOSMEL MIGUEL MARCANO VASQUEZ, DOMINGO ALBERTO GONZALEZ HERNANDEZ, RUBEN JOSIAS HERNANDEZ FARIAS, LEONEL DEL CARMEN GUERRA GRANADO, DERWIN RAFAEL SALAZAR BRITO, JOSE MANUEL LAREZ TENIA, FRANKLIN RAFAEL HERNÁNDEZ, HUMBERTO DEL VALLE RODRIGUEZ ZAPATA, RIAN RAMON PRESILLA BRITO, JUAN CARLOS GONZALEZ, LUÍS JOSÉ HERRERA VÁSQUEZ, JOSÉ RAFAEL MARCANO TOVAR, VICTOR JULIO BELLO OSUNA, JESUS GABRIEL AGUILERA AGUILERA, JOSE JOAQUIN FERNANDEZ HURTADO, ALFONZO EDUARKINS DUNO ARCIA, ONEYDIS CELESTINO AGUILERA AGUILERA, FELIPE DEL VALLE ZABALA DIAZ; LUIS GREGORIO SALAZAR LUNA, CARLOS EDUARDO DIAZ LONGART, ORLANDO DEL JESUS LEON BELLORIN, JOSE RAFAEL ROJAS VASQUEZ, SAMUEL DAVID LANCRUZ LANCRUZ, FRANCISCO ANTONIO MONTILLA GARCIA, ANGEL MIGUEL ORTEGA RODRÍGUEZ, ELADIO CELESTINO RODRÍGUEZ, LEWIS RAFAEL PICO PANTOJA, DIEGO ARMANDO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Y JERSON JOSÉ VÁSQUEZ HURTADO, por uno de los delitos Contra Las Personas. A tal efecto se verifica la presencia de las partes, encontrándose presentes: La Fiscal Auxiliar Interino de la Sala de Flagrancias del Ministerio Público, Abg. Onelia Díaz, y los imputados de autos; a quien se le pregunta si tienen Defensor de Confianza que lo asista en el presente acto, manifestando los mismos NO contar con la asistencia de un defensor de confianza, por lo que se le realiza la designación de un defensor público, haciendo pasar a la defensora Pública en funciones de Guardia Nº 02 Abg. Siolis Crespo, quien aceptó el cargo recaído en su persona y se impuso de las actuaciones que cursan en la presente causa.
EXPOSICION FISCAL
Seguidamente se le otorga el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien expone: De conformidad con las atribuciones que me confiere la Ley Orgánica del Ministerio Público, la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela y el Código Orgánico Procesal Penal, Presento e Imputo en este acto a los ciudadanos JERSON JOSÉ VÁSQUEZ HURTADO, JOSÉ DANIEL CAMPOS ROMERO, ALBER JUAN CRUZ CABRERA, EDGAR JOSE LA ROSA LA ROSA, RICARDO JAVIER VILLAROEL VILLARROEL, HENRY JOHANNY OVALLES SANCHEZ, ELNYS RAFAEL MÁRQUEZ SALAZAR, JESUS DANIEL SALAZAR HERRERA, JEAN PIERRE JOSE PATINO, REGULO ALEXANDER FLORES ESPAÑA, YENSO JOSE GUTIERREZ GUTIERREZ, JHONATAN JOSE PAYARES ALVAREZ, ROBIN ANTONIO QUERRO PRIMERA, JEAN CARLOS JOSE GONZALEZ LEZAMA, FRANKLIN DEL JESUS ROBLES ROMERO, GERINO JOSÉ LATTAN, HECTOR JOSE VILLARROEL RODRIGUEZ,, JHON ALBERTO LEON MALAVE, HERMIS HIRAMI ORDAZ GIL, WILMAN ANTONIO COVA PINO, MIGUEL ANTONIO MIRANDA MONTILLA, JOSMEL MIGUEL MARCANO VASQUEZ, DOMINGO ALBERTO GONZALEZ HERNANDEZ, RUBEN JOSIAS HERNANDEZ FARIAS, LEONEL DEL CARMEN GUERRA GRANADO, DERWIN RAFAEL SALAZAR BRITO, JOSE MANUEL LAREZ TENIA, FRANKLIN RAFAEL HERNÁNDEZ, HUMBERTO DEL VALLE RODRIGUEZ ZAPATA, RIAN RAMON PRESILLA BRITO, JUAN CARLOS GONZALEZ, LUÍS JOSÉ HERRERA VÁSQUEZ, JOSÉ RAFAEL MARCANO TOVAR, VICTOR JULIO BELLO OSUNA, JESUS GABRIEL AGUILERA AGUILERA, JOSE JOAQUIN FERNANDEZ HURTADO, ALFONZO EDUARKINS DUNO ARCIA, ONEYDIS CELESTINO AGUILERA AGUILERA, FELIPE DEL VALLE ZABALA DIAZ; LUIS GREGORIO SALAZAR LUNA, CARLOS EDUARDO DIAZ LONGART, ORLANDO DEL JESUS LEON BELLORIN, JOSE RAFAEL ROJAS VASQUEZ, SAMUEL DAVID LANCRUZ LANCRUZ, FRANCISCO ANTONIO MONTILLA GARCIA, ANGEL MIGUEL ORTEGA RODRÍGUEZ, ELADIO CELESTINO RODRÍGUEZ, LEWIS RAFAEL PICO PANTOJA, DIEGO ARMANDO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Y JERSON JOSÉ VÁSQUEZ HURTADO, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado el artículo 415 del Código Penal, en relación con el articulo 425 ejusdem, en perjuicio del ciudadano HENRI JOHANNY OBALLES SANCHEZ; ello en atención a los hechos de fecha 29-08-2016, según ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL, suscrita por funcionarios adscritos al IAPES Centro de Coordinación Policial General José Francisco Bermúdez, donde se deja constancia que siendo las 6:50 am, estando en labores de servicio en el área de resguardo y garantía de detenidos de este comando policial, realizando el conteo de lista y parte de los detenidos y en apoyo de un grupo de funcionarios policiales, cuando nos trasladamos al rea de dormitorio de funcionarios que funciona como el calabozo Nº 11, y al abrir la puerta, salieron los detenidos, pude visualizar a uno de ellos que estaba golpeado, y en el cuero cabelludo le brotaba una sustancia hemática de color pardo rojizo, quien pedía auxilio y salía corriendo indicando el supervisor agregado que lo trasladara al área de la garita, donde quedo identificado como HENRI JOHANNY OBALLES SÁNCHEZ, quien me informo que el grupo de compañeros que se encuentran en la celda, lo habían agredido con golpes, puños y otros objetos (tubos) en varias partes de su cuerpo, y lo querían ajusticiar, una vez identificado fue traslado hasta el hospital general de esta ciudad para prestarle los primeros auxilios, posteriormente me traslade hasta el dormitorio que funge como calabozo y le pregunte a los internos el motivo por el cual habían golpeado al ciudadano y nadie respondió, a quien les indique que se les iba a abrir una investigación por los delitos contra las personas, siendo identificados plenamente, .. En virtud de lo antes expuesto, es por lo que Solicito se sirva Decretar a los imputados, UNA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo dispuesto en el artículos 242 numerales 6º (prohibición de comunicarse con persona determinada, es decir, la victima, siempre que no se afecte el derecho a la defensa y 9º (prohibición de acercase a la victima) del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto de las actuaciones se evidencia que existen suficientes elementos de convicción que comprometen como autores o responsables a los ciudadanos identificados en autos de la comisión del delito antes precalificado, por considerar que se configura el peligro de fuga y obstaculización, por la pena que pudiera imponerse, la magnitud del daño causado, y el comportamiento demostrado durante el presente procedimiento. Solicito se decrete la Aprehensión en Flagrancia y el Procedimiento Ordinario de conformidad con los artículos 234 y 373 ambos del Código Orgánico Procesal penal, solicito que la presente causa sea remitida a la Fiscalía Auxiliar Superior del Ministerio Público, a los fines de su distribución, en su oportunidad legal. Por último solicito copias simples de la presente acta. Es todo.
IMPOSICION DE LOS IMPUTADOS
Seguidamente la ciudadana Juez impuso al imputado de autos del Precepto Constitucional establecido en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela en relación con los artículos 133 y 134 del Código Orgánico Procesal Penal; identificándose como JOSÉ DANIEL CAMPOS ROMERO, quien es Venezolano, mayor de edad, de 24 años de edad, nacido el 12-04-1991, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.124.796, apodado "El Yaguare", soltero, sin oficio, residenciado en el Sector Guasdalito, calle principal, casa sin número, Río Caribe, Municipio Arismendi, Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: ALBER JUAN CRUZ CABRERA, venezolano, de 26 años de edad, titular de la cedula de identidad N°: V-19.708.580, soltero, de oficio sin Oficio, nacido en fecha 11/07/1990, hijo de Álvaro cruz y Ángela Marcelina, residenciado en calle Zea, casa Nº 132, Rió Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: EDGAR JOSÉ LA ROSA LA ROSA, Venezolano, natural de Carúpano estado Sucre, soltero, de 32 años de edad, de profesión u oficio pescador, Cedula de Identidad Número V-17.956.946 nacido en fecha04/05/1984, hijo de Raquel la Rosa y Edgar la Rosa, y residenciado en Playa Grande Sector Eudoro González, calle Santa Ines, casa N° 10, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: RICARDO JAVIER VILLAROEL VILLARROEL, venezolano, natural de Carúpano Estado sucre, casado, de 26 años de edad, pescador, titular de la Cédula de Identidad Número V-24.625.426, nacido en fecha 06/12/1989, hijo de Yhajaira Villarroel y Padre desconocido, y residenciado en: Sector La Marina, casa s/n, frente del CDI, Guaca, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: ELNYS RAFAEL MÁRQUEZ SALAZAR, venezolano, natural de Río Seco de Yaguarparo, de 41 años de edad, estado civil: Soltero, titular de la cédula de identidad Número V- 13.731.710, de oficio Comerciante, nacido el 03-07-71 hijo de Víctor Márquez y Lesbia María Salazar, domiciliada en: Río Seco calle Principal cerca de la Licorería el Refugio, Yaguaraparo Municipio Cajigal al lado de la sociedad Benéfica, Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”.Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: JESÚS DANIEL SALAZAR HERRERA, venezolano, natural de Carúpano, estado Sucre , de 21 años de edad, nacido el 19-06-1995, soltero, sin oficio definido, titular de la cedula de identidad V-23.584.090, residenciado en El Valle, vereda 6, casa Nª 28, Campos Alegre, municipio Bermúdez del estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: JEAN PIERRE JOSÉ PATINO, Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 19 años de edad, de estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº V: 25.098.785; nacido el: 23-04-1995, oficio: cualquier trabajo, hijo de Betty Coromoto Patiño y de Martin Martínez, domiciliado en: playa grande, por la escuela Petrica Reyes, Calle Nueva, Casa s/n, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: REGULO ALEXANDER FLORES ESPAÑA, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre 37 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.348.630, nacido no recuerda, de profesión u oficio albañil, hijo de Vicente Flores y Marcela España, y domiciliado en Nueva Guiria, calle N° 04, casa
N° 05, cerca de la panadería de Cucho Pan, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: YENSO JOSE GUTIERREZ GUTIERREZ, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, estado Sucre, nacido en fecha 14/09/1984, de 30 años de edad, de estado civil casado, profesión u oficio pescador, titular de la cedula de identidad V.- 17.217.480, hijo de Leodan José Palacio y Taide Gutiérrez, residenciado en La Recta de Guiria, casa S/N, cerca de la zona industrial antes del Auto Lavado, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: JHONATAN JOSE PAYARES ALVAREZ, venezolano, natural de Carúpano, Estado sucre, de 22 años de edad, nacido en fecha 19-03-1994 de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 23.531.666, de oficio militar, hijo de Jovanny Payares by Yalitza Álvarez y, residenciado en: Maturín, calle Monagas, sector La Peca, casa Nª 21, Estado Monagas, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: ROBIN ANTONIO QUERRO PRIMERA, venezolano, natural de Carúpano, Estado sucre, de 27 años de edad, nacido en fecha 02-05-89, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.251.601, de oficio infante, hijo de Regino Quero y Alida Primera residenciado en Maracaibo, calle 95-E, avenida 55, casa 54-52, estado Zulia, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: JEAN CARLOS JOSE GONZALEZ LEZAMA , venezolano, natural de Carúpano, Estado sucre, de 36 años de edad, nacido en fecha 10-11-1979, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.291.177 , de oficio comerciante, hijo de Victoria Lezama y Guillermo González, residenciado en: Playa Grande Las Marinas Calle 08, los ranchos, casa sin numero, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: FRANKLIN DEL JESÚS ROBLES ROMERO, venezolano, nacido Carúpano, estado Sucre, titular de la cédula de identidad Nº 15.414.841, de 39 años de edad, nacido en fecha 06/04/1977, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, hijo de Luisa Romero y Luís Torcat, residenciado en Guayacán de la flores, calle 08, sector 1, casa Nº 6, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: GERINO JOSÉ LATTAN, venezolano, natural de Guiria, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.201.546, , nacido en fecha 02-10-1990, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Neris Lattan y padre desconocido, y residenciado en el Sector La Antena, Calle Principal, Casa N° 02, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: HÉCTOR JOSÉ VILLARROEL RODRÍGUEZ, venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad número V-25.097.372, nacido en fecha 11-04-1995, soltero, sin oficio Pescador, Hijo de: Héctor Villarroel y Villaroel Jenny, residenciado en Playa Grande, Sector la rinconada, en la invasión cerca de la Bodega del Gato, Carúpano Municipio Bermúdez del estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: JHON ALBERTO LEON MALAVE, venezolano, natural de la Victoria Estado Aragua, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 25.216.365, de profesión u oficio albañil, nacido en fecha 07-05-1993, de 23 años de edad, hijo de Alicia Malave y Luís León y domiciliado en San Martín, sector Valle Nuevo, al frente del Ateneo de Curacho, Carúpano Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: HERMIS HIRAMI ORDAZ GIL, venezolano, de 26 años de edad, nacido en fecha 22/03/1994, Soltero, barbero, titular de la Cedula de Identidad Número V-24.512.022, hijo de Elvira Gil y Carmelo Ordaz, con domicilio en Población de Río Caribe, sector Las Vegas, invasión Ezequiel Zamora, calle Principal, casa S/N, cerca de la bodega de Rodolfo, Municipio Arismendi del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: WILMAN ANTONIO COVA PINO, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.926.513, nacido en fecha 12-11-1994, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Infante Naval, hijo de Wilman Cova y Noraima Pino, y residenciado en la Urbanización Canchunchú Viejo, Sector Patria Bolivariana III, Segunda Calle, Casa Nº 81, cerca del Taller de Latonero Oscar, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: MIGUEL ANTONIO MIRANDA MONTILLA, venezolano, natural de San Carlos Estado Cojedes, de 46 años de edad, nacido en fecha: 30-05-1971, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 10.328.307, profesión u oficio: Productor Agropecuario, hijo de: Miguel Miranda (difunto) y Omaira Montilla González, y residenciado en Calle Francisco Alvarado, casa 373, Municipio Rómulo Gallegos, Estado Cojedes, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: JOSMEL MIGUEL MARCANO VÁSQUEZ, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, soltero, titular de la Cédula de Identidad V- 19.635.568, de profesión u oficio: Obrero, de 26 años de edad, hijo de Juan Marcano y Mirian Vásquez, nacido en fecha 23/08/1990 y domiciliado en Charallave, Vía Principal, casa S/N, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, teléfono 0294-5145670, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: DOMINGO ALBERTO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, V-14.291.288, quien es Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 45 años, nacido el 05-08-1979, soltero, sin oficio definido, residenciado en la Urbanización Punta de Mata, casa Nª 33, Maturín, estado Monagas, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: RUBEN JOSIAS HERNÁNDEZ FARIAS, Venezolano, natural Carúpano, Estado Sucre, 21 años de edad, nacido el 12/12/1994, estado civil soltero, de profesión u oficio Embalador en Propisca, titular de la cédula de identidad Nº 26.421.014, hijo de Ruben Hernández y Lucila Farias y residenciado en Barrio 5 de Julio, calle el progreso, Casa S/N, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: LEONEL DEL CARMEN GUERRA GRANADO, quien es venezolano, natural de Río Caribe, del Estado Sucre, de 27 años de edad, nacido en fecha: 19-09-1989, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 28.916.595, profesión u oficio: agricultor, hijo de: Héctor Guerra y Raiza Granado y residenciado en el caserío mauraco cerca de la bodega de zuleima rió caribe del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constituccional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: DERWIN RAFAEL SALAZAR BRITO, venezolano, natural de Rio Caribe, del Estado Sucre, de 34 años de edad, nacido en fecha 27/10/1982, de estado civil Soltero, titular de la cédula de identidad V-17.956.406, de oficio Pescador, hijo de Ines Maria Brito Salazar y Oswaldo Rafael Salazar y residenciado en: En El Sector Salina II, casa S/N, cerca de la canal, Municipio Arismendi del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: JOSÉ MANUEL LAREZ TENIA, venezolano, nacido en Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, titular de la cédula de identidad Nº 13.808.685, de 39 años de edad, nacido en fecha 17/09/1976, de estado civil soltero, de profesión u oficio Chofer, hijo de Brígida Tenia de Larez y Inés Larez, residenciado Río Guiria, calle principal del Sector Altagracia cerca de la Escuela, Guiria , Municipio Valdez del Estado Sucre, Quien expone: “yo no estaba en el calabozo, yo solo estoy allí para el conteo, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: FRANKLIN RAFAEL HERNÁNDEZ, venezolano, de 48 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.436.343, nacido el 20-05-1978, y residenciado en el Barrio Areo, frente al Hotel el Yunque, casa s/n, Carúpano, Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: HUMBERTO DEL VALLE RODRÍGUEZ ZAPATA, venezolano, natural de Carúpano. Municipio Bermúdez. Estado Sucre, de 64 años de edad, nacido el 25/04/1952, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.949.239, de estado civil soltero, de profesión obrero, residenciado en: San Martín, Avenida Principal, casa Nº 89, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: RIAN RAMÓN PRESILLA BRITO, venezolano, mayor de edad, de 44 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.885.424; nacido el 27-07-1973, hijo de Senobia Brito y Oscar Presilla, soltero, oficio Obrero, residenciado en la cuarta Calle del Lirio Casa Nº 03-05,, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: JUAN CARLOS GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, nacido el 03-03-1977, titular de la cédula de identidad Nº 17.317.193, natural de Guiria Municipio Bermúdez del Estado Sucre, domiciliado en el Urbanización Guayacán, Calle 03 casa 311 Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, Quien expone: “yo no estaba allí, solo estoy cuando hacen el conteo, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: LUÍS JOSÉ HERRERA VÁSQUEZ, venezolano, natural de Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.098.736, nacido en fecha 27-04-1978, de 37 años de edad, hijo de Luís Herrera y Gregoria Vásquez, y residenciado en el Sector La Chivera, Calle 24 de Julio, Casa S/N, Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: JOSÉ RAFAEL MARCANO TOVAR, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.789.016, nacido en fecha 07-10-1988, de 27 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio estudiante, hijo de Teresa Tovar y Rafael Marcano, y con domicilio en la Urbanización Canchunchú Viejo, Sector Las Vegas, Casa S/N, cerca de la Capilla, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: VÍCTOR JULIO BELLO OSUNA, Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, 42 años de edad, nacido el 27/08/1975 , soltero, comercio, titular de la Cédula de Identidad Número V-14.717.135, hijo Julio Cesar Bello y Nereida osuna y residenciado en playa Grande el pujito en la invasión, cerca de la bodega de Yare, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: JESÚS GABRIEL AGUILERA AGUILERA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.202.054, de 26 años de edad, nacido en fecha 21-10-1992, de oficio: Indefinido, hijo de y domiciliado en Santa Rosa, calle el Oasis, casa s/n, Guiria. Municipio Valdez. Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como JOSÉ JOAQUÍN FERNÁNDEZ HURTADO, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 26 años de edad, nacido en fecha: 10-08-1990, soltero, sin oficio comerciante, titular de la Cedula de Identidad V-19.908.948, hijo de José Fernández y Alicia Hurtado, residenciado en: Barrio Sucre, calle cautaro, casa s/n, cerca de la cancha de básquet, Carúpano, Estado Sucre, Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: ALFONZO EDUARKINS DUNO ARCIA, quien es Venezolano, natural de Margarita estado Nueva Esparta. Municipio, de 33 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº 16.135.542, nacido el 26-12-1983, soltero, de profesión u oficio Panadero, y residenciado en el rincón calle ayacucho casa sin numero al frente de la casa de la mama de la Dra Maralba, El pilar Municipio Benítez, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: ONEYDIS CELESTINO AGUILERA AGUILERA, venezolano, natural de Yaguaraparo, Municipio Cajigal, Estado Sucre, de 35 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-18.592.878, profesión u oficio: Agricultor, nacido el 20-09-1979, hijo de Celestino Aguilera y Carmen Aguilera y domiciliado en: Calle Cantaura, Casa S/N, Yaguaraparo, cerca de la pasarela, Municipio Cajigal, Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: FELIPE DEL VALLE ZABALA DÍAZ; quien es Venezolano, natural de Yaguaraparo, de estado civil Soltero, mayor de edad de 55 años, titular de la Cédula de Identidad número V.- 5.904.538, de oficio albañil, nacido en fecha 23-08-1961, hijo de: Ana Carmen Díaz y Urbano Zabala y domiciliado en la vía de Guiria a Río Salado, sector Quebrantica, en las invasiones, casa sin numero, Parroquia Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: LUÍS GREGORIO SALAZAR LUNA, venezolano, natural de Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre, de 22 años de edad, nacido en fecha 02-09-1992, soltero, sin oficio, residenciado en la calle Brisas de Coromoto del Sector las Tablitas, casa s/n, Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre, titular de la cedula de identidad Nº V- 24.692.292, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: CARLOS EDUARDO DIAZ LONGART, venezolano, natural de Carúpano, Estado sucre, de 26 años de edad, nacido en fecha 19-04-1990 de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.286.653, de oficio agricultor, hijo de Nubia Longart Y Sixto Diaz y residenciado en: Guiria de la Costa, Rio Salado, sector Civisa del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: ORLANDO DEL JESÚS LEON BELLORIN, venezolano, de 22 años de edad, nacido el 19/04/1994, titular de la Cédula de Identidad Número V- 26.421.508, soltero, hijo de Orlando León y Rosalía Bellorin, obrero, residenciado en: En la Calle Principal del Sector Brisas del Carmen, Casa s/n, Sector El Cerro, cerca del Simoncito, Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: JOSÉ RAFAEL ROJAS VÁSQUEZ, venezolano, natural de Carúpano, de 28 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-21.500.116, hijo de José Rojas y Carmen Vásquez, nacido en fecha 10/12/1988, obrero, residenciado en calle Miranda casa Nº 16, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: SAMUEL DAVID LANCRUZ LANCRUZ, venezolano, natural de Río Caribe, Municipio Arismendi, soltero, de 20 años de edad, de profesión u oficio Deportista u estudiante, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 26.012.295, nacido en fecha 24/05/1996, hijo de Sugey Josefina Lancruz y Danny Cedeño, residenciado en Chacaracual, Calle Principal, Casa S/N; cerca de la iglesia, Municipio Arismendi del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. FRANCISCO ALBERTO MONTILLA GARCIA, Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, 23 años de edad, nacido el 21/10/1992, soltero, reparación de computadoras, titular de la Cédula de Identidad Número V-21.539.563, hijo de Francisco Montilla y Carmen Ordosgoitti y residenciado en Calle Ecuador, cerca de la infantería de Marina, casa de Color rosada con rejas negras, Carúpano Municipio Bermúdez Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: ÁNGEL MIGUEL ORTEGA RODRÍGUEZ, venezolano, natural de Carúpano, Estado sucre, de 18 años de edad, nacido en fecha 24-07-1998, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 28.583.309, de oficio obrero, hijo de Saturnino Ortega y Yames Rodríguez y residenciado en: sector La Pradera, calle principal, casa sin numero, cerca de la escuela, Guiria, Municipio Valdez, del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: ELADIO CELESTINO RODRÍGUEZ, Venezolano, de 59 años de edad, nacido en fecha 18-02-57, Cédula de Identidad Nº V 5.855.128, de profesión u oficio Taxista, hijo de Juliana Rodríguez y Celestino Oliviera, domiciliado en Puchuruco, Casa N° 57, Cerca de un taller de Mecánica, Vía San José, Carúpano estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: LEWIS RAFAEL PICO PANTOJA, venezolano, nacido en Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad Número V- 24.695.751, de 24 años de edad, nacido en fecha 15/06/1992, soltero, residenciado Areo calle principal casa sin numero, cerca de la escuela, Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como: JERSON JOSÉ VÁSQUEZ HURTADO, quien es venezolano, de 25 años de edad, nacida en fecha 16-02-90, titular de la Cédula de Identidad N° 27.469.841, de oficio no definido, de estado civil Soltero, hijo de Juan Benítez Guevara y Solcielys Vásquez, y residenciada en Avenida de Macarapana, al frente de la Invasión Valle de Nazareth, Casa S/N, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo”. Seguidamente la ciudadana Juez impuso al siguiente imputado de autos del Precepto Constitucional; identificándose como DIEGO ARMANDO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Venezolano, natural de puerto la cruz, de 26 años de edad, nacido en fecha 16/04/1988, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 20.359.067, de profesión u oficio: obrero, de estado civil soltero, hijo de Regulo Manuel González y Clara Josefina Rodríguez, y residenciado en: Guayacán de las Flores, sector 01, Vereda 01, Casa N° S/N, detrás de la capilla Virgen del Valle, cerca del liceo, Municipio Bermúdez Carúpano Estado Sucre.
EXPOSICION DE LA DEFENSA PUBLICA
Seguidamente se le cede el derecho de Palabra a la Defensa Pública Penal Abg. Siolis Crespo, quien expone: Esta defensa pública en nombre y representación de mi representados y revisado como han sido las actas que conforman el presente asunto difiere y considera que no existen suficientes elementos de convicción que demuestren la culpabilidad de mis representados, es por tal motivo que solicito su libertad sin restricciones, puesto que no se evidencia declaraciones de testigos, ni informe medico forense que avalen las supuestas lesiones que presenta la víctima, por lo que ratifico la solicitud de libertad sin restricciones a favor de mis representados, por ultimo solicito copias simples de la presente acta. Es todo.
PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
En este estado toma la palabra la Ciudadana Juez de Control, y expone: Vista la solicitud presentada por la Fiscal del Ministerio Público, así como los alegatos esgrimidos por la Defensa, es necesario hacer las siguientes observaciones: Nos encontramos en primer lugar en la fase preparatoria, la cual tiene por objeto la preparación del juicio oral y publico mediante la investigación de la verdad y la recolección de todos los elementos de convicción que permitan fundar la acusación de la fiscal y la defensa de los imputados, quiere decir esto, que en esta fase tanto el Ministerio Público como la Defensa están en el proceso preparatorio para concluir en su debida oportunidad con la investigación y en esta primera etapa nos encontramos con la imputación por parte del Ministerio Público y la solicitud de que se Decrete MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a los ciudadanos DIEGO ARMANDO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, JERSON JOSÉ VÁSQUEZ HURTADO, JOSÉ DANIEL CAMPOS ROMERO, ALBER JUAN CRUZ CABRERA, EDGAR JOSE LA ROSA LA ROSA, RICARDO JAVIER VILLAROEL VILLARROEL, HENRY JOHANNY OVALLES SANCHEZ, ELNYS RAFAEL MÁRQUEZ SALAZAR, JESUS DANIEL SALAZAR HERRERA, JEAN PIERRE JOSE PATINO, REGULO ALEXANDER FLORES ESPAÑA, YENSO JOSE GUTIERREZ GUTIERREZ, , JHONATAN JOSE PAYARES ALAVAREZ, ROBIN ANTONIO QUERRO PRIMERA, JEAN CARLOS JOSE GONZALEZ LEZAMA, FRANKLIN DEL JESUS ROBLES ROMERO, GERINO JOSÉ LATTAN, HECTOR JOSE VILLARROEL RODRIGUEZ, JHON ALBERTO LEON MALAVE, HERMIS HIRAMI ORDAZ GIL, WILMAN ANTONIO COVA PINO, MIGUEL ANTONIO MIRANDA MONTILLA, JOSMEL MIGUEL MARCANO VASQUEZ, DOMINGO ALBERTO GONZALEZ HERNANDEZ, RUBEN JOSIAS HERNANDEZ FARIAS, LEONEL DEL CARMEN GUERRA GRANADO, DERWIN RAFAEL SALAZAR BRITO, JOSE MANUEL LAREZ TENIA, FRANKLIN RAFAEL HERNÁNDEZ, HUMBERTO DEL VALLE RODRIGUEZ ZAPATA, RIAN RAMON PRESILLA BRITO, JUAN CARLOS GONZALEZ, LUÍS JOSÉ HERRERA VÁSQUEZ, JOSÉ RAFAEL MARCANO TOVAR, VICTOR JULIO BELLO OSUNA, JESUS GABRIEL AGUILERA AGUILERA, JOSE JOAQUIN FERNANDEZ HURTADO, ALFONZO EDUARKINS DUNO ARCIA, ONEYDIS CELESTINO AGUILERA AGUILERA, FELIPE DEL VALLE ZABALA DIAZ; LUIS GREGORIO SALAZAR LUNA, CARLOS EDUARDO DIAZ LONGART, ORLANDO DEL JESUS LEON BELLORIN, JOSE RAFAEL ROJAS VASQUEZ, SAMUEL DAVID LANCRUZ LANCRUZ, FRANCISCO ANTONIO MONTILLA GARCIA, ANGEL MIGUEL ORTEGA RODRÍGUEZ, ELADIO CELESTINO RODRÍGUEZ, LEWIS RAFAEL PICO PANTOJA; por hechos acontecidos en fecha 29-08-2016. Asimismo oído los alegatos de la defensa publica, quien solicita le sea concedido a sus representados una Libertad sin Restricciones, es por lo que éste Tribunal para decidir observa; en el presente caso, estamos en presencia de la presunta comisión de delito que merece pena privativa de libertad, donde la acción penal para perseguirlos no se encuentra evidentemente prescrita, pues los hechos que configuran estos son de fecha reciente, es decir, 29-08-2016, así mismo, a criterio de quien decide existen fundados elementos de convicción, que comprometen la responsabilidad de los referidos imputados como presunto autor de los hechos punibles señalados, lo cual se desprende de las distintas actuaciones policiales y de investigación cursantes al expediente, entre estas: ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL, suscrita por funcionarios adscritos al IAPES Centro de Coordinación Policial General José Francisco Bermúdez, donde se deja constancia que siendo las 6:50 am, estando en labores de servicio en el área de resguardo y garantía de detenidos de este comando policial, realizando el conteo de lista y parte de los detenidos y en apoyo de un grupo de funcionarios policiales, cuando nos trasladamos al rea de dormitorio de funcionarios que funciona como el calabozo Nº 11, y al abrir la puerta , salieron los detenidos, pude visualizar a uno de ellos que estaba golpeado, y en el cuero cabelludo le brotaba una sustancia hemática de color pardo rojizo, quien pedía auxilio y salía corriendo indicando el supervisor agregado que lo trasladara al área de la garita, donde quedo identificado como HENRI JOHANNY OBALLES SÁNCHEZ, quien me informo que el grupo de compañeros que se encuentran en la celda, lo habían agredido con golpes, puños y otros objetos (tubos) en varias partes de su cuerpo, y lo querían ajusticiar, una vez identificado fue traslado hasta el hospital general de esta ciudad para prestarle los primeros auxilios, posteriormente me traslade hasta el dormitorio que funge como calabozo y le pregunte a los internos el motivo por el cual habían golpeado al ciudadano y nadie respondió, a quien les indique que se les iba a abrir una investigación por los delitos contra las personas, siendo identificados plenamente. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 29-08-216, rendida por la victima HENRI JOHANNY OBALLES SANCHEZ, por ante funcionarios adscritos al IAPES Centro de Coordinación Policial General José Francisco Bermúdez, quien expuso: yo estoy pagando pro un delito de homicidio, y el día de ayer ALBERT me dijo que le prestara la moto que tengo en casa de mi mama y le dije que no, y eso fue el detonante para que me golpearan hasta dejarme por muerto, porque me dieron con un tubo en la cabeza, y esta mañana cuando estaba el conteo Salí corriendo, ellos trataron de agarrarme pero el policía se dio cuenta que estaba sangrando y pedí auxilio, y como estaba hinchado me trasladaron al hospital, es todo. LISTADO DE DETENIDOS QUE SE ENCUENTRAN EN EL DORMITORIO, de fecha 29-08-216, suscrita por funcionarios adscritos al IAPES Centro de Coordinación Policial General José Francisco Bermúdez. CONSTANCIA MEDICA, de fecha 29-08-2016, suscrito por la Dra. Andrea García, medico adscrita al Hospital General de esta ciudad, donde se deja constancia que el paciente HENRI JOHANNY OBALLES SÁNCHEZ, quedara hospitalizado en este centro por presentar TRAUMATISMO CRÁNEO ENCEFÁLICO LEVE, Y AMERITA LA REALIZACIÓN DE TAC. Ahora bien, y en virtud de todo lo antes señalado, y los elementos estos que nos sirven de convicción de que los imputados de autos, han podido tener participación en el presunto delito antes mencionado; y que existe el peligro de fuga y de obstaculización por la pena que pudiera llegar a imponérsele, pudiéndose Decretar una Medida Privativa de Libertad, por cuanto se encuentran llenos los extremos del artículo 236 del Código Orgánico Procesal, la misma puede ser satisfecha con una medida menos gravosa para los imputados como lo solicitara la Representante del Ministerio Público, en virtud de la posible pena a imponer por la presunta comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES GRAVES, EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado el artículo 415 del Código Penal, en relación con el articulo 425 ejusdem, en perjuicio del ciudadano HENRI JOHANNY OBALLES SÁNCHEZ, tiene su domicilio estable en la Jurisdicción del Tribunal, considerando quien como Juez suscribe el criterio Fiscal esta ajustado a derecho, por lo que configurados los numerales 1º, 2º y 3° del 236 del Código Orgánico Procesal Penal, donde se evidencia que no existe la presunción razonable de peligro de fuga u obstaculización del proceso; toda vez que el imputado a manifestado su deseo de someterse al proceso, por lo que en consecuencia resulta procedente en el caso que nos ocupa, Decretar una Medida CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD PARA EL IMPUTADO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 242 NUMERALES 6º (PROHIBICIÓN DE COMUNICARSE CON PERSONA DETERMINADA, ES DECIR, LA VICTIMA, SIEMPRE QUE NO SE AFECTE EL DERECHO A LA DEFENSA Y 9º (PROHIBICIÓN DE ACERCASE A LA VICTIMA) DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL. En consecuencia, se Declara Sin Lugar la solicitud de Libertad Sin Restricciones solicitada por la Defensora Publica a favor de sus defendidos. Se Decreta la Aprehensión en Flagrancia y se ordena continué el Procedimiento Ordinario, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 234 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que así lo solicito el ministerio público; y así se decide.
DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 04 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los ciudadanos JOSÉ DANIEL CAMPOS ROMERO, quien es Venezolano, mayor de edad, de 24 años de edad, nacido el 12-04-1991, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.124.796, apodado "El Yaguare", soltero, sin oficio, residenciado en el Sector Guasdalito, calle principal, casa sin número, Río Caribe, Municipio Arismendi, Estado Sucre, ALBER JUAN CRUZ CABRERA, venezolano, de 26 años de edad, titular de la cedula de identidad N°: V-19.708.580, soltero, de oficio sin Oficio, nacido en fecha 11/07/1990, hijo de Álvaro cruz y Ángela Marcelina, residenciado en calle Zea, casa Nº 132, Rió Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, EDGAR JOSÉ LA ROSA LA ROSA, Venezolano, natural de Carúpano estado Sucre, soltero, de 32 años de edad, de profesión u oficio pescador, Cedula de Identidad Número V-17.956.946 nacido en fecha04/05/1984, hijo de Raquel la Rosa y Edgar la Rosa, y residenciado en Playa Grande Sector Eudoro González, calle Santa Ines, casa N° 10, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, RICARDO JAVIER VILLAROEL VILLARROEL, venezolano, natural de Carúpano Estado sucre, casado, de 26 años de edad, pescador, titular de la Cédula de Identidad Número V-24.625.426, nacido en fecha 06/12/1989, hijo de Yhajaira Villarroel y Padre desconocido, y residenciado en: Sector La Marina, casa s/n, frente del CDI, Guaca, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, ELNYS RAFAEL MÁRQUEZ SALAZAR, venezolano, natural de Río Seco de Yaguarparo, de 41 años de edad, estado civil: Soltero, titular de la cédula de identidad Número V- 13.731.710, de oficio Comerciante, nacido el 03-07-71 hijo de Víctor Márquez y Lesbia María Salazar, domiciliada en: Río Seco calle Principal cerca de la Licorería el Refugio, Yaguaraparo Municipio Cajigal al lado de la sociedad Benéfica, Estado Sucre, JESÚS DANIEL SALAZAR HERRERA, venezolano, natural de Carúpano, estado Sucre , de 21 años de edad, nacido el 19-06-1995, soltero, sin oficio definido, titular de la cedula de identidad V-23.584.090, residenciado en El Valle, vereda 6, casa Nª 28, Campos Alegre, municipio Bermúdez del estado Sucre, JEAN PIERRE JOSÉ PATINO, Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 19 años de edad, de estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº V: 25.098.785; nacido el: 23-04-1995, oficio: cualquier trabajo, hijo de Betty Coromoto Patiño y de Martin Martínez, domiciliado en: playa grande, por la escuela Petrica Reyes, Calle Nueva, Casa s/n, REGULO ALEXANDER FLORES ESPAÑA, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre 37 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.348.630, nacido no recuerda, de profesión u oficio albañil, hijo de Vicente Flores y Marcela España, y domiciliado en Nueva Guiria, calle N° 04, casa
N° 05, cerca de la panadería de Cucho Pan, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, YENSO JOSE GUTIERREZ GUTIERREZ, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, estado Sucre, nacido en fecha 14/09/1984, de 30 años de edad, de estado civil casado, profesión u oficio pescador, titular de la cedula de identidad V.- 17.217.480, hijo de Leodan José Palacio y Taide Gutiérrez, residenciado en La Recta de Guiria, casa S/N, cerca de la zona industrial antes del Auto Lavado, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, JHONATAN JOSE PAYARES ALVAREZ, venezolano, natural de Carúpano, Estado sucre, de 22 años de edad, nacido en fecha 19-03-1994 de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 23.531.666, de oficio militar, hijo de Jovanny Payares by Yalitza Álvarez y, residenciado en: Maturín, calle Monagas, sector La Peca, casa Nª 21, Estado Monagas, ROBIN ANTONIO QUERRO PRIMERA, venezolano, natural de Carúpano, Estado sucre, de 27 años de edad, nacido en fecha 02-05-89, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.251.601, de oficio infante, hijo de Regino Quero y Alida Primera residenciado en Maracaibo, calle 95-E, avenida 55, casa 54-52, estado Zulia, JEAN CARLOS JOSE GONZALEZ LEZAMA , venezolano, natural de Carúpano, Estado sucre, de 36 años de edad, nacido en fecha 10-11-1979, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.291.177 , de oficio comerciante, hijo de Victoria Lezama y Guillermo González, residenciado en: Playa Grande Las Marinas Calle 08, los ranchos, casa sin numero, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, FRANKLIN DEL JESÚS ROBLES ROMERO, venezolano, nacido Carúpano, estado Sucre, titular de la cédula de identidad Nº 15.414.841, de 39 años de edad, nacido en fecha 06/04/1977, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, hijo de Luisa Romero y Luís Torcat, residenciado en Guayacán de la flores, calle 08, sector 1, casa Nº 6, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, GERINO JOSÉ LATTAN, venezolano, natural de Guiria, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.201.546, , nacido en fecha 02-10-1990, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Neris Lattan y padre desconocido, y residenciado en el Sector La Antena, Calle Principal, Casa N° 02, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, HÉCTOR JOSÉ VILLARROEL RODRÍGUEZ, venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad número V-25.097.372, nacido en fecha 11-04-1995, soltero, sin oficio Pescador, Hijo de: Héctor Villarroel y Villaroel Jenny, residenciado en Playa Grande, Sector la rinconada, en la invasión cerca de la Bodega del Gato, Carúpano Municipio Bermúdez del estado Sucre, JHON ALBERTO LEON MALAVE, venezolano, natural de la Victoria Estado Aragua, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 25.216.365, de profesión u oficio albañil, nacido en fecha 07-05-1993, de 23 años de edad, hijo de Alicia Malave y Luís León y domiciliado en San Martín, sector Valle Nuevo, al frente del Ateneo de Curacho, Carúpano Estado Sucre, HERMIS HIRAMI ORDAZ GIL, venezolano, de 26 años de edad, nacido en fecha 22/03/1994, Soltero, barbero, titular de la Cedula de Identidad Número V-24.512.022, hijo de Elvira Gil y Carmelo Ordaz, con domicilio en Población de Río Caribe, sector Las Vegas, invasión Ezequiel Zamora, calle Principal, casa S/N, cerca de la bodega de Rodolfo, Municipio Arismendi del Estado Sucre, WILMAN ANTONIO COVA PINO, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.926.513, nacido en fecha 12-11-1994, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Infante Naval, hijo de Wilman Cova y Noraima Pino, y residenciado en la Urbanización Canchunchú Viejo, Sector Patria Bolivariana III, Segunda Calle, Casa Nº 81, cerca del Taller de Latonero Oscar, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, MIGUEL ANTONIO MIRANDA MONTILLA, venezolano, natural de San Carlos Estado Cojedes, de 46 años de edad, nacido en fecha: 30-05-1971, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 10.328.307, profesión u oficio: Productor Agropecuario, hijo de: Miguel Miranda (difunto) y Omaira Montilla González, y residenciado en Calle Francisco Alvarado, casa 373, Municipio Rómulo Gallegos, Estado Cojedes, JOSMEL MIGUEL MARCANO VÁSQUEZ, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, soltero, titular de la Cédula de Identidad V- 19.635.568, de profesión u oficio: Obrero, de 26 años de edad, hijo de Juan Marcano y Mirian Vásquez, nacido en fecha 23/08/1990 y domiciliado en Charallave, Vía Principal, casa S/N, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, teléfono 0294-5145670, DOMINGO ALBERTO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, V-14.291.288, quien es Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 45 años, nacido el 05-08-1979, soltero, sin oficio definido, residenciado en la Urbanización Punta de Mata, casa Nª 33, Maturín, estado Monagas, RUBEN JOSIAS HERNÁNDEZ FARIAS, Venezolano, natural Carúpano, Estado Sucre, 21 años de edad, nacido el 12/12/1994, estado civil soltero, de profesión u oficio Embalador en Propisca, titular de la cédula de identidad Nº 26.421.014, hijo de Ruben Hernández y Lucila Farias y residenciado en Barrio 5 de Julio, calle el progreso, Casa S/N, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, LEONEL DEL CARMEN GUERRA GRANADO, quien es venezolano, natural de Río Caribe, del Estado Sucre, de 27 años de edad, nacido en fecha: 19-09-1989, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 28.916.595, profesión u oficio: agricultor, hijo de: Héctor Guerra y Raiza Granado y residenciado en el caserío mauraco cerca de la bodega de zuleima rió caribe del Estado Sucre: DERWIN RAFAEL SALAZAR BRITO, venezolano, natural de Rio Caribe, del Estado Sucre, de 34 años de edad, nacido en fecha 27/10/1982, de estado civil Soltero, titular de la cédula de identidad V-17.956.406, de oficio Pescador, hijo de Ines Maria Brito Salazar y Oswaldo Rafael Salazar y residenciado en: En El Sector Salina II, casa S/N, cerca de la canal, Municipio Arismendi del Estado Sucre, JOSÉ MANUEL LAREZ TENIA venezolano, nacido en Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, titular de la cédula de identidad Nº 13.808.685, de 39 años de edad, nacido en fecha 17/09/1976, de estado civil soltero, de profesión u oficio Chofer, hijo de Brígida Tenia de Larez y Inés Larez, residenciado Río Guiria, calle principal del Sector Altagracia cerca de la Escuela, Guiria , Municipio Valdez del Estado Sucre, FRANKLIN RAFAEL HERNÁNDEZ, venezolano, de 48 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.436.343, nacido el 20-05-1978, y residenciado en el Barrio Areo, frente al Hotel el Yunque, casa s/n, Carúpano, Estado Sucre, Quien expone: “me acojo al precepto constitucional, HUMBERTO DEL VALLE RODRÍGUEZ ZAPATA, Venezolano, natural de Carúpano. Municipio Bermúdez. Estado Sucre, de 64 años de edad, nacido el 25/04/1952, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.949.239, de estado civil soltero, de profesión obrero, residenciado en: San Martín, Avenida Principal, casa Nº 89, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, RIAN RAMÓN PRESILLA BRITO, venezolano, mayor de edad, de 44 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.885.424; nacido el 27-07-1973, hijo de Senobia Brito y Oscar Presilla, soltero, oficio Obrero, residenciado en la cuarta Calle del Lirio Casa Nº 03-05, JUAN CARLOS GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, nacido el 03-03-1977, titular de la cédula de identidad Nº 17.317.193, natural de Guiria Municipio Bermúdez del Estado Sucre, domiciliado en el Urbanización Guayacán, Calle 03 casa 311 Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, LUÍS JOSÉ HERRERA VÁSQUEZ, venezolano, natural de Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.098.736, nacido en fecha 27-04-1978, de 37 años de edad, hijo de Luís Herrera y Gregoria Vásquez, y residenciado en el Sector La Chivera, Calle 24 de Julio, Casa S/N, Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, JOSÉ RAFAEL MARCANO TOVAR, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.789.016, nacido en fecha 07-10-1988, de 27 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio estudiante, hijo de Teresa Tovar y Rafael Marcano, y con domicilio en la Urbanización Canchunchú Viejo, Sector Las Vegas, Casa S/N, cerca de la Capilla, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, VÍCTOR JULIO BELLO OSUNA, Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, 42 años de edad, nacido el 27/08/1975 , soltero, comercio, titular de la Cédula de Identidad Número V-14.717.135, hijo Julio Cesar Bello y Nereida osuna y residenciado en playa Grande el pujito en la invasión, cerca de la bodega de Yare, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, JESÚS GABRIEL AGUILERA AGUILERA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.202.054, de 26 años de edad, nacido en fecha 21-10-1992, de oficio: Indefinido, hijo de y domiciliado en Santa Rosa, calle el Oasis, casa s/n, Guiria. Municipio Valdez. Estado Sucre, JOSÉ JOAQUÍN FERNÁNDEZ HURTADO, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 26 años de edad, nacido en fecha: 10-08-1990, soltero, sin oficio comerciante, titular de la Cedula de Identidad V-19.908.948, hijo de José Fernández y Alicia Hurtado, residenciado en: Barrio Sucre, calle cautaro, casa s/n, cerca de la cancha de básquet, Carúpano, Estado Sucre, ALFONZO EDUARKINS DUNO ARCIA, quien es Venezolano, natural de Margarita estado Nueva Esparta. Municipio, de 33 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº 16.135.542, nacido el 26-12-1983, soltero, de profesión u oficio Panadero, y residenciado en el rincón calle ayacucho casa sin numero al frente de la casa de la mama de la Dra Maralba, El pilar Municipio Benítez, ONEYDIS CELESTINO AGUILERA AGUILERA, venezolano, natural de Yaguaraparo, Municipio Cajigal, Estado Sucre, de 35 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-18.592.878, profesión u oficio: Agricultor, nacido el 20-09-1979, hijo de Celestino Aguilera y Carmen Aguilera y domiciliado en: Calle Cantaura, Casa S/N, Yaguaraparo, cerca de la pasarela, Municipio Cajigal, Estado Sucre, FELIPE DEL VALLE ZABALA DÍAZ; quien es Venezolano, natural de Yaguaraparo, de estado civil Soltero, mayor de edad de 55 años, titular de la Cédula de Identidad número V.- 5.904.538, de oficio albañil, nacido en fecha 23-08-1961, hijo de: Ana Carmen Díaz y Urbano Zabala y domiciliado en la vía de Guiria a Río Salado, sector Quebrantica, en las invasiones, casa sin numero, Parroquia Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, LUÍS GREGORIO SALAZAR LUNA, venezolano, natural de Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre, de 22 años de edad, nacido en fecha 02-09-1992, soltero, sin oficio, residenciado en la calle Brisas de Coromoto del Sector las Tablitas, casa s/n, Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre, titular de la cedula de identidad Nº V- 24.692.292, CARLOS EDUARDO DIAZ LONGART, venezolano, natural de Carúpano, Estado sucre, de 26 años de edad, nacido en fecha 19-04-1990 de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.286.653, de oficio agricultor, hijo de Nubia Longart Y Sixto Diaz y residenciado en: Guiria de la Costa, Rio Salado, sector Civisa del Estado Sucre, ORLANDO DEL JESUS LEON BELLORIN, venezolano, de 22 años de edad, nacido el 19/04/1994, titular de la Cédula de Identidad Número V- 26.421.508, soltero, hijo de Orlando León y Rosalía Bellorin, obrero, residenciado en: En la Calle Principal del Sector Brisas del Carmen, Casa s/n, Sector El Cerro, cerca del Simoncito, Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, JOSÉ RAFAEL ROJAS VÁSQUEZ, venezolano, natural de Carúpano, de 28 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-21.500.116, hijo de José Rojas y Carmen Vásquez, nacido en fecha 10/12/1988, obrero, residenciado en calle Miranda casa Nº 16, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, SAMUEL DAVID LANCRUZ LANCRUZ, venezolano, natural de Río Caribe, Municipio Arismendi, soltero, de 20 años de edad, de profesión u oficio Deportista u estudiante, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 26.012.295, nacido en fecha 24/05/1996, hijo de Sugey Josefina Lancruz y Danny Cedeño, residenciado en Chacaracual, Calle Principal, Casa S/N; cerca de la iglesia, Municipio Arismendi del Estado Sucre, FRANCISCO ALBERTO MONTILLA GARCIA, Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, 23 años de edad, nacido el 21/10/1992, soltero, reparación de computadoras, titular de la Cédula de Identidad Número V-21.539.563, hijo de Francisco Montilla y Carmen Ordosgoitti y residenciado en Calle Ecuador, cerca de la infantería de Marina, casa de Color rosada con rejas negras, Carúpano Municipio Bermúdez Estado Sucre, ÁNGEL MIGUEL ORTEGA RODRÍGUEZ, venezolano, natural de Carúpano, Estado sucre, de 18 años de edad, nacido en fecha 24-07-1998, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 28.583.309, de oficio obrero, hijo de Saturnino Ortega y Yames Rodríguez y residenciado en: sector La Pradera, calle principal, casa sin numero, cerca de la escuela, Guiria, Municipio Valdez, del Estado Sucre, ELADIO CELESTINO RODRÍGUEZ, Venezolano, de 59 años de edad, nacido en fecha 18-02-57, Cédula de Identidad Nº V 5.855.128, de profesión u oficio Taxista, hijo de Juliana Rodríguez y Celestino Oliviera, domiciliado en Puchuruco, Casa N° 57, Cerca de un taller de Mecánica, Vía San José, Carúpano estado Sucre, LEWIS RAFAEL PICO PANTOJA, venezolano, nacido en Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad Número V- 24.695.751, de 24 años de edad, nacido en fecha 15/06/1992, soltero, residenciado Areo calle principal casa sin numero, cerca de la escuela, Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, JERSON JOSÉ VÁSQUEZ HURTADO, quien es venezolano, de 25 años de edad, nacida en fecha 16-02-90, titular de la Cédula de Identidad N° 27.469.841, de oficio no definido, de estado civil Soltero, hijo de Juan Benítez Guevara y Solcielys Vásquez, y residenciada en Avenida de Macarapana, al frente de la Invasión Valle de Nazareth, Casa S/N, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, DIEGO ARMANDO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Venezolano, natural de puerto la cruz, de 26 años de edad, nacido en fecha 16/04/1988, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 20.359.067, de profesión u oficio: obrero, de estado civil soltero, hijo de Regulo Manuel González y Clara Josefina Rodríguez, y residenciado en: Guayacán de las Flores, sector 01, Vereda 01, Casa N° S/N, detrás de la capilla Virgen del Valle, cerca del liceo, Municipio Bermúdez Carúpano Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado el artículo 415 del Código Penal, en relación con el articulo 425 ejusdem, en perjuicio del ciudadano HENRI JOHANNY OBALLES SANCHEZ, ello en virtud de los hechos acontecidos en fecha: 29/08/2016, de conformidad con lo establecido en el ARTICULO 242 NUMERALES 6º (PROHIBICIÓN DE COMUNICARSE CON PERSONA DETERMINADA, ES DECIR, LA VICTIMA, SIEMPRE QUE NO SE AFECTE EL DERECHO A LA DEFENSA Y 9º (PROHIBICIÓN DE ACERCASE A LA VICTIMA) DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL. En consecuencia, se Niega la solicitud de la Defensa de Libertad sin Restricciones a favor de sus representados. Se Decreta la Aprehensión en Flagrancia y la aplicación del Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 234 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Oficio adjunto con boleta de Libertad al comandante del IAPES Centro de Coordinación Policial General José Francisco Bermúdez. Remítase el presente asunto a la Fiscalía del Ministerio Público, en su oportunidad legal. Se acuerdan las copias solicitadas por las partes, debiendo las mismas realizar las gestiones pertinentes para su reproducción. Quedan notificadas las partes de la presente decisión con la lectura y firma de la presente acta de conformidad con lo previsto en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
JUEZ CUARTO DE CONTROL

ABG. YSMENIA FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ

LA SECRETARIA JUDICIAL

ABG. CARMEN ESPINOZA