REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Secc.Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 14 de Septiembre de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2015-000534
ASUNTO : RP01-D-2015-000534
ACTUALIZACION DE CÓMPUTO
Sancionado xxxxxxxxxxxxxxx
Vista la solicitud de cómputo hecha por la Abg. Beatriz Planez, en su carácter de Defensora del adolescente xxxxxxxxxxxxxx; por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en relación con el artículo 424 ejusdem, en perjuicio del ciudadano JHON MANUEL ASTUDILLO RIVAS (OCCISO); a cumplir la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR UN PLAZO DE CUMPLIMIENTO DE CUATRO (04) AÑOS Y OCHO (08) MESES,, es por ello que este Tribunal procede a la práctica de cómputo de la sanción, conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la mencionada Ley; para lo cual se observa:
PRIMERO: Que el adolescente xxxxxxxxxxxxxx, fue sancionado a cumplir la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por el lapso de CUATRO (04) AÑOS Y OCHO (08) MESES, por su participación en el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en relación con el artículo 424 ejusdem, en perjuicio del ciudadano JHON MANUEL ASTUDILLO RIVAS (OCCISO);
SEGUNDO: Que el adolescente xxxxxxxxxxxxxxx, estuvo detenido desde el 10-11-15 al 03-02-2016, por dos (02) meses y veintitrés (23) días. Se evadió el 04-02-16.Siendo capturado el 10-05-16 estuvo privado al 13-05-16, por cuatro (04) días. y evadido nuevamente el 13-05-16, hasta el día 21-08-206 que fue recapturado, lleva veinticuatro (24) días para un total de sanción cumplida de tres (03) meses y veintiún (21) días faltándole por cumplir CUATRO (04) AÑOS CUATRO (04) MESES Y NUEVE (09) DIAS , LOS CUALES VENCERÁN EN FECHA 23-01-2021.
DISPOSITIVA
En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado y actualizado el cómputo en la presente causa seguida a xxxxxxxxxxxx; por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en relación con el artículo 424 ejusdem, en perjuicio del ciudadano JHON MANUEL ASTUDILLO RIVAS (OCCISO); quien cumple la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR UN PLAZO DE CUATRO (04) AÑOS Y OCHO (08) MESES; a donde se determino que lleva privado al día 14-09-2016 , tres (03) meses y veintiún (21) días faltándole por cumplir CUATRO (04) AÑOS CUATRO (04) MESES Y NUEVE (09) DIAS , LOS CUALES VENCERÁN EN FECHA 23-01-2021 .
Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal , aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la referida Ley,
Líbrese boleta de notificación a las partes, en la que se le informe que se practico cómputo en la causa que se le sigue a xxxxxxxxxxxxx, quien cumple la medida de privación de libertad, por el lapso de CUATRO (04) AÑOS Y OCHO (08) MESES; a donde se determino que lleva privado al día 14-09-2016 , tres (03) meses y veintiún (21) días faltándole por cumplir CUATRO (04) AÑOS CUATRO (04) MESES Y NUEVE (09) DIAS , LOS CUALES VENCERÁN EN FECHA 23-01-2021 .
Líbrese boleta informativa al sancionado, recluido en el Centro de Prisión preventiva Cumaná.
Líbrese oficio al Centro de Prisión preventiva Cumaná, remitiendo boleta informativa y copia del presente computo.
En Cumaná, a los catorce (14) días del mes de septiembre de 2016-
ABG. Yomari Figueras Mendoza.-
JUEZ DE EJECUCION PENAL ADOLESCENTES.-
Secretario.-
Abg. ORANGELBARROSO.-