JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
EXTENSION CARUPANO.-
EXP. Nº 2629.
DEMANDANTE: PEDRO JOSÉ VARGAS
MOTIVO. AUTORIZASCIÓN PARA COBRAR DINERO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
(TERMINADO).-

Revisadas las actas que conforman el presente expediente y visto el contenido de la misma, este Tribunal declara el cierre y archivo del presente expediente, por cuanto cursa otra causa por el mismo concepto y las mismas partes, el Tribunal una vez realizado un analices exhaustivo y constatado que cursa por ante este mismo Juzgado una solicitud formulada por el ciudadano PEDRO JOSÉ VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.295.729, domiciliado en Primero de Mayo, calle Bolívar, casa N° 48, Carúpano, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, asistida por la Defensora Pública, de esta Extensión Judicial; en la cual pide Autorización de este Tribunal en nombre y representación de sus hijas OMISSIS, para gestionar ante la Entidad Bancaria Banco Bicentenario del Pueblo, Clase Obrera, Mujer y Comunas Banco Universal, C.A, la cual corre inserta en la solicitud Nº 1919, se ordena el cierre del presente expediente y se acuerda archivar la presente solicitud.- Y ASÍ SE ESTABLECE.-

PÚBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Protección de Niños Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, en Carúpano, a los veinte (20) días del mes de Octubre del año Dos Mil Dieciséis. Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.


ABOG., JAVIER MUÑOZ GARCIA,
EL JUEZ.

EL SECRETARIO,
ABOG., DIOMAR RIVAS MAZA.

EXP: N° 2629
JM/PDM/am.-