REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL
Carúpano, 13 de Octubre de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2015-003633
ASUNTO: RP11-P-2015-003633
SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO
Se realizo Audiencia y se constituye en la Sala de Transición de éste Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, el Tribunal Cuarto de Control conformado por la Juez, Abg. Ysmenia S. Fernández H, acompañada por la Secretaria Judicial en funciones de Sala Abg. María José Martínez Carreño y el alguacil de la sala; a objeto de realizar la Audiencia Especial de Verificación seguida en el presente asunto a los acusados; ALBERTO JOSE CAMACHO ORTEGA, ENDERSON JAVIER CEDEÑO HERNANDEZ y JHOANGEL LUIS CEDEÑO HERNANDEZ, por la comisión del delito de LESIONES DEL TIPO PENAL BASICO, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal, en perjuicio de JHON JAVIER SEGOVIA Y YOSNEIDIS NAILET BORDONES GONZALEZ. A tales efectos se verifica la presencia de las partes, encontrándose presentes: La Fiscal Auxiliar Primera (E) del Ministerio Público Abg. Wilday Lugo, la Defensa Pública N° 01 Abg. Amagil Colòn y los acusados Enderson Javier Cedeño Hernandez y Jhoangel Luis Cedeño Hernandez. No estando presentes: el acusado Alberto Jose Camacho Ortega y las victimas Jhon Javier Segovia Y Yosneidis Nailet Bordones Gonzalez. Se deja constancia que se dejo transcurrir un lapso prudencial de 15 minutos sin que hiciera acto de presencia la parte ausente.
EXPOSICION DE LOS ACUSADOS
Seguidamente se le cede el derecho de palabra al primer acusado ENDERSON JAVIER CEDEÑO HERNÁNDEZ, quien expone: Yo cumplí con todas las condiciones que me impuso el tribunal, Es todo. Acto seguido se le cede el derecho de palabra al segundo de los ACUSADOS JHOANGEL LUIS CEDEÑO HERNANDEZ, quien expone: Yo cumplí con todas las condiciones que me impuso el tribunal, Es todo.
EXPOSICION DE LA DEFENSA PUBLICA
Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la Defensa Pública Abg. Amagil Colòn, quien expone: ‘’Toda vez que mis representados cumplieron cabalmente con las condiciones impuestas por este tribunal, lo cual se evidencia del Oficio Nº 179-2016, presentado por Osmiriam Monasterios, Representante de la Oficina de Participación Ciudadana, en el cual remite informe Conclusivo constante de ocho (08) Folios, es por lo que solicito se decrete el sobreseimiento de la causa de conformidad con lo previsto en el artículo 300 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Solicito copias simples de la presente acta y la resolución. Es Todo.
EXPOSICION FISCAL
Acto seguido el Tribunal cede el derecho de palabra al Representante del Ministerio Público quien expone: visto que los acusados de autos cumplieron con las obligaciones impuestas, es por lo que no me opongo a que se decrete el Sobreseimiento de la presente causa de conformidad con el articulo 300 numeral 3° en relación con el 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se extinga la acción penal, es todo.
PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
Seguidamente la ciudadana Juez, toma la palabra y expone: Celebrada Audiencia de Verificación de Cumplimiento de Condiciones impuestas, verificado como ha sido las condiciones impuestas por este tribunal y revisado el Oficio Nº 179-2016, presentado por Osmiriam Monasterios, Representante de la Oficina de Participación Ciudadana, en el cual remite informe Conclusivo constante de ocho (08) Folios, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal penal, y en consecuencia DECRETA de conformidad con el articulo 300 ejusdem EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA; a favor de los ciudadanos ENDERSON JAVIER CEDEÑO HERNANDEZ y JHOANGEL LUIS CEDEÑO HERNANDEZ, por la comisión del delito de LESIONES DEL TIPO PENAL BASICO, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal, en perjuicio de JHON JAVIER SEGOVIA Y YOSNEIDIS NAILET BORDONES GONZALEZ. Cesando así las condiciones bajo las cuales le otorgaron la Suspensión Condicional del Proceso. Y así se decide.-
DISPOSITIVA:
por los razonamientos anteriormente expuestos, y JHOANGEL LUIS CEDEÑO HERNANDEZ,
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