REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN CARUPANO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

Carúpano, 20 de Octubre de 2016
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2016-003651
ASUNTO: RP11-P-2016-003651


Vistos el escrito de fecha 13/10/2016; por el Abogado: ABG. ELVIS ROJAS , en su condición de abogado defensor privado de los ciudadanos ENRIQUE EMILIO GONZÁLEZ, ALEXANDER ADRIÁN TINACO SENDER, YORKIS JOEL RODRÍGUEZ RUMIÓN Y VÍCTOR JOSÉ CASTRO; por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, quienes se encuentran detenidos desde fecha 07/09/2016; en la Sede del Cuerpo de Investigaciones Científica Penales y Criminalísticas de la Subdelegación de Guiria del Municipio Valdez, del estado Sucre; donde presuntamente se están recibiendo amenaza maltratos por parte de cuerpo policial; y razón de garantizar su seguridad física; requiere el Cambio del lugar de detención para la sede de la Comandancia de Policía de la Ciudad de Guiria; Municipio Valdez del estado Sucre, este tribunal acuerda analizar el pedimento con fines de dar oportuna respuesta al solicitante acordando solicitar la siguiente información:

PRIMERO: Al Cuerpo de Investigaciones Científica Penales y Criminalísticas; sobre las condiciones de física y mental de los detenidos.
SEGUNDO: Sirva informar si el centro policial cuenta con un espacio para la reclusión de los imputados señalados en esta causa; de manera adecuada a las condiciones Humanas requeridas en nuestra Legislación.

TERCERO: Solicita información al Comandante de la Policía de la Ciudad de Guiria; estado Sucre; si cuenta con las instalaciones necesarias par al reclusión preventiva de los Ciudadanos ENRIQUE EMILIO GONZÁLEZ, ALEXANDER ADRIÁN TINACO SENDER, YORKIS JOEL RODRÍGUEZ RUMIÓN Y VÍCTOR JOSÉ CASTRO; por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, con la seguridad que amerita.

CUARTO: Solicita Información al Ciudadano Comandante de la Policía con Sede en la Población Guiria; Municipio Valdez; del estado Sucre; si acepta recluir los referidos ciudadanos en el centro policial; con fines de darle garantías y mejor trato de los Ciudadanos; todo con fines de garantizar el acceso a la justicia; de conformidad a los artículos 2; 26; 27; 49 y 51 de Nuestra Constitución Bolivariana de Venezuela; garantizando un Estado Social, de Derecho y de Justicia; con una respuesta oportuna con responsabilidad social; en preeminencia de los Derechos Humanos.

Por todas las condiciones antes expuestas este tribunal acuerda solicitar los requerimientos antes señalados y en consecuencia se ordena librar los oficios necesarios al respecto con carácter de urgencia; y notificar al Fiscal Tercero en Materia de Droga de la presente solicitud y notificar a la defensa privada; así se decide; Cúmplase.
JUEZ TERCERO DE CONTROL

ABG. ABELARDO ROYO HENRQIEZ
LA SECRETARIA JUDICIAL

ABG. ROSELYS MALAVÉ.