REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Secc.Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 24 de Octubre de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2013-000017
ASUNTO : RP01-D-2013-000017
CESE DE MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA
Sancionado: xxxxxxxxxxxx
Visto el computo de esta misma fecha, donde se determino que el sancionado xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; por la comisión del delito de LESIONES GRAVES EN RIÑA, previsto en el artículo 415 en relación con el artículo 425 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana , dio cumplimiento total a la medida de reglas de conducta que le fue impuesta, es por lo que se observa:
PRIMERO: Que el 09 de diciembre de 2015, Tribunal primero de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sanciono a la ciudadana xxxxxxxxxxxx, por la comisión del delito de LESIONES GRAVES EN RIÑA, previsto en el artículo 415 en relación con el artículo 425 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana DIANNYS DEL CARMEN GÓMEZ, a cumplir SEIS (06) MESES de reglas de conducta, consistente en culminar los estudios, realizar cursos o bien realizar una actividad económica, todo ello con el objeto de que la adolescente aprenda una actividad que le genere dinero para su sustento económico
SEGUNDO: Que el ciudadano xxxxxxxxxxxxx, estuvo detenido el 20-01-13 AL 21-01-13 por el presente asunto.
TERCERO: Visto el computo de esta misma fecha donde, se evidencia que se dio cumplimiento total a la medida de reglas de conducta, mediante la cual se mantiene trabajando a fin de lograr su desarrollo integral y crecimiento profesional, entendiendo el joven el fin ultimo de este proceso seguido a adolescentes en conflicto con la Ley penal, pues dio cumplimiento a la medida alcanzando así la finalidad educativa de este Proceso, siendo entonces procedente decretar el cese de la misma de conformidad con lo establecido en el artículo 646 y 647 literal h de la LOPNNA, donde se le otorga al Juez de Ejecución facultades para hacer cesar las medidas.
DISPOSITIVA
En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley : Se decreta el cese de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, que cumplía el sancionado xxxxxxxxxxxxxx; por la comisión del delito de LESIONES GRAVES EN RIÑA, previsto en el artículo 415 en relación con el artículo 425 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana DIANNYS DEL CARMEN GÓMEZ; por el lapso de SEIS (06) MESES; de conformidad con lo establecido en el artículo 646 y 647 literal h de la LOPNNA, donde se le otorga al Juez de Ejecución facultades para hacer cesar las medidas, concatenado con el 645 ejusdem, en virtud de haber cumplido dicha medida, quedando en plena libertad por la presente causa.
Líbrese boleta de notificación a las partes, en la que se le haga saber que se actualizo computo de la sanción y se determinó que el sancionado xxxxxxxxxxx, dio cumplimiento a la medida de REGLAS DE CONDUCTA, en consecuencia se decretó el cese de la misma de conformidad con lo establecido en el artículo 646 y 647 literal h de la LOPNNA, donde se le otorga al Juez de Ejecución facultades para hacer cesar las medidas, concatenado con el 645 ejusdem, quedando en plena libertad por la presente causa .
Líbrese boleta al sancionado xxxxxxxxxxxxxx, en la que se le haga saber que se decretó el cese de la medida de de REGLAS DE CONDUCTA, que cumplía a la orden de este Juzgado, quedando en plena libertad por la presente causa.
En Cumaná, a los veinticuatro (24) días del mes de octubre de 2016.
Abg. Yomari Figueras Mendoza
Juez de Ejecución Sección Adolescentes
La Secretaria.
Abg. Ivanellys Figueroa